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BOC Nº 073. Miércoles 15 de Junio de 1994 - 918

V. ADMINISTRACIÓN LOCAL - A.Santa Cruz de Tenerife

918 - ANUNCIO de 22 de abril de 1994, por el que se hacen públicas las bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de Diplomado en Enfermería con la especialidad de empresa.

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Por la presente se hace público para general conocimiento que el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 18 de marzo del año en curso, acordó aprobar las bases que han de regir el concurso-oposición para cubrir en propiedad una plaza de Diplomado en Enfermería con la especialidad de empresa y cuyo contenido es el siguiente:

Primera.- Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de una plaza de Diplomado en Enfermería, con la especialidad de empresa, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase de Cometidos Especiales, dotada con el sueldo correspondiente al Grupo B, pagas extraordinarias, trienios, retribuciones complementarias y demás emolumentos que correspondan de acuerdo con la legislación vigente.

La selección se efectuará por el procedimiento de concurso-oposición.

La realización de las pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; en el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de junio; en el Real Decreto 2.223/1984, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado; en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio; en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, y en las normas de estas bases.

Las presentes bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma. El anuncio de la presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.

Para tomar parte en el presente concurso-oposición será necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser español. b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de aquella en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por edad determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) Estar en posesión del título de A.T.S.-D.U.E., con la especialidad de empresa.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones en los términos de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Todos los requisitos anteriormente citados deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias.

Tercera.- Instancias.

Forma: quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo cumplimentando el impreso establecido por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, que será facilitado gratuitamente en la Ventanilla Única de Recursos Humanos, situada en la planta baja de este Ayuntamiento, con domicilio en calle General Antequera, 14, Santa Cruz de Tenerife.

Plazo de presentación: el plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Lugar de presentación: los impresos de instancias y copias, debidamente cumplimentados, se presentarán con el recibo acreditativo de haber satisfecho los derechos de examen, en la Ventanilla Única de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife (calle General Antequera, 14, planta baja) o en las Oficinas Descentralizadas de este Ayuntamiento, en horario de ocho de la mañana a tres de la tarde, de lunes a viernes.

Las instancias también podrán dirigirse a las Oficinas de Correo de conformidad con el artículo 38.4.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Derechos de examen: los derechos de examen serán de dos mil (2.000) pesetas, cuyo importe será satisfecho por los aspirantes, en la Tesorería de esta Corporación al presentar la instancia. El abono de estos derechos también podrá efectuarse mediante giro postal o telegráfico, haciéndose constar esta circunstancia en la instancia.

Cuarta.- Admisión de aspirantes.

Para ser admitidos a la práctica de las pruebas selectivas bastará con que los aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, y que hayan abonado los derechos de examen.

Expirado el plazo de presentación de instancias, se dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y contendrá la relación nominal de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas, así como el lugar en que se encuentren expuestas al público las listas completas de aspirantes excluidos y admitidos.

En el caso de que las instancias adolecieren de algún defecto, se requerirá a los aspirantes para que en el plazo de diez días naturales, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hicieran, se les tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En la citada resolución se determinará el lugar y fecha de celebración del primer ejercicio y orden de actuación de los aspirantes, que se establecerá mediante sorteo.

Quinta.- Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: el de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

Un representante de la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Trabajo y Función Pública del Gobierno de Canarias.

Un miembro del colegio de A.T.S. de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Dos funcionarios de carrera de esta Corporación, designados por la misma.

Un funcionario designado por la Junta de Personal como Órgano de representación de los funcionarios de esta Corporación. Un concejal de esta Corporación designado por el Sr. Alcalde-Presidente de la misma.

Además, el Ilmo. Sr. Alcalde podrá designar a un Concejal de la oposición de esta Corporación para que forme parte del Tribunal de las citadas pruebas, con voz y sin voto.

Secretario: el de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer una titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, del Secretario y de la mitad de sus miembros vocales.

La sustitución del Presidente se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El Tribunal resolverá todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos.

El Tribunal continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo. El Tribunal observará que en los exámenes escritos se garantice, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y las señaladas en el artículo 12.3 del Real Decreto 2.223/1984, de 19 de diciembre.

Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y las señaladas en el artículo 12.3 del Real Decreto 2.223/1984, de 19 de diciembre.

Sexta.- Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.

Programa: el programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que se publica como anexo a estas bases.

Calendario de realización de las pruebas: la fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas se darán a conocer mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

Identificación de los aspirantes: el Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán ir provistos del Documento Nacional de Identidad.

Llamamientos. Orden de actuación de los aspirantes: los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. Salvo los casos de fuerza mayor, convocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en su consecuencia, del procedimiento selectivo.

Anuncios sucesivos: una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia.

Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores o en el tablón de anuncios de esta Corporación, con doce horas al menos de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio. Séptima.- Ejercicio y calificación. El procedimiento de selección consistirá en un concurso-oposición. La fase de concurso, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

A) Fase de concurso: esta fase será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

La valoración de los méritos que se tendrán en cuenta en la presente convocatoria, serán los siguientes:

a) Por servicios efectivos realizados en puesto de A.T.S.-D.U.E., con la especialidad de empresa, en el ámbito de cualquier Administración Local u otros Organismos o Entidades públicas o privadas: 1 punto por año trabajado, hasta un máximo de 6 puntos.

b) Por cursos realizados y debidamente acreditados, expedidos por Centros u Organismos Oficiales, que deberán versar sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto de trabajo: 0,3 puntos por curso realizado, hasta un máximo de 4 puntos.

B) Fase de oposición: los ejercicios de esta fase serán dos, de carácter obligatorio y eliminatorio, cada uno de ellos.

Primer ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito, durante un periodo máximo de tres horas, tres temas relacionados con el programa anexo, uno de ellos correspondiente a la parte de materia común y los otros dos a la parte de materia específica.

Segundo ejercicio: consistirá en realizar un caso práctico, en un plazo máximo de una hora, que versará sobre las materias específicas que figuran en el programa anexo de esta convocatoria, y que será determinado por el Tribunal Calificador de las presentes pruebas al inicio de este ejercicio.

Calificación de los ejercicios: los ejercicios de la fase de oposición, de carácter obligatorio y eliminatorio, serán calificados hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.

El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios será de cero a diez.

Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquél, siendo el cociente la calificación definitiva de cada ejercicio. La calificación final vendrá determinada por la suma de la puntuación otorgada en la fase de oposición y en la fase de concurso. Octava.- Lista de aprobados y propuesta del Tribunal Calificador.

Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal publicará la relación de aprobados, por orden de puntuación, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado las pruebas un número superior de aspirantes que el de las plazas convocadas.

Novena.- Presentación de documentos.

El aspirante propuesto aportará a la Subunidad de Selección y Contratación del Área de Organización, Informática y Recursos Humanos de este Ayuntamiento, los siguientes documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos de la convocatoria:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Copia autenticada o fotocopia del título a que se hace referencia en el apartado c) de la base segunda o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.

c) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función, expedido por un Colegiado en ejercicio.

d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Si el aspirante propuesto por el Tribunal Calificador tuviere la condición de funcionario público estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u Organismo de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. El plazo de presentación de estos documentos será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 21 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, quienes dentro del plazo de los 20 días naturales y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación requerida, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido haber incurrido por falsedad en su instancia.

Décima.- Nombramiento como funcionario de carrera.

Concluido el proceso selectivo, quien lo hubiere superado y acredite que reúne los requisitos exigidos, será nombrado funcionario de carrera por la autoridad competente.

Undécima.- Toma de posesión.

El aspirante aprobado deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Quien sin causa justificada no tomara posesión dentro del plazo señalado, no adquirirá la condición de funcionario, perdiendo todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento conferido.

Duodécima.- Impugnación.

La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Decimotercera.- Incidencias.

Quedará facultado el Tribunal para resolver cuantas dudas se puedan presentar durante el desarrollo del procedimiento selectivo y para adoptar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de la convocatoria y el desarollo de las pruebas a realizar.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de abril de 1994.- El Vicesecretario y Responsable del Área de Recursos Humanos, Federico Padrón Pérez.

A N E X O

PROGRAMA

MATERIA COMÚN

Tema 1. La Constitución Española de 1978.

Tema 2. La Corona. Tema 3. El Poder Legislativo. El Congreso y el Senado.

Tema 4. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.

Tema 5. Organización del Estado. El Gobierno y la Administración.

Tema 6. El Estatuto de Autonomía de Canarias.

Tema 7. El régimen local español. Tema 8. El municipio. Organización y competencias.

Tema 9. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales.

Tema 10. El concepto de Derecho Administrativo.

Tema 11. Las fuentes del Derecho Público.

Tema 12. Origen y desarrollo de la Hacienda Pública. Los gastos y los ingresos.

MATERIA ESPECÍFICA

Tema 1. Concepto de salud y enfermedad. Causas de enfermedad. Medida del estado de salud de las poblaciones. Epidemiología. Concepto de prevalencia e incidencia.

Tema 2. Influencia del trabajo sobre la salud del hombre. Patología específica e inespecífica del trabajo. Concepto de medicina preventiva. Ergonomía. Concepto. Sus clases. Tema 3. Concepto de Medicina del Trabajo. Sus relaciones con la Medicina Preventiva. La Medicina del Trabajo en España. Organismos e Instituciones nacionales e internacionales relacionadas con la Medicina del Trabajo.

Tema 4. Los Servicios de Salud Laboral. Antecedentes. Organización actual. Funciones. Personal sanitario de los Servicios de Salud Laboral. Competencia del A.T.S.-D.U.E. Deontología profesional. Relaciones con los trabajadores.

Tema 5. Reconocimientos médicos laborales. Clasificación de los mismos. Estudio de puestos y procesos de trabajo. Reconocimiento previo al ingreso. La importancia laboral anterior y del reconocimiento del puesto de trabajo solicitado.

Tema 6. Reconocimiento periódico ordinario. Concepto. Reconocimiento periódico especial. Reconocimiento de retorno al trabajo, propuesto por la Jefatura de Personal, solicitado por el trabajador. Características de cada uno de estos tipos.

Tema 7. Trabajadores con características especiales. Personas de edad avanzada. La mujer y el trabajo. Los jóvenes y el trabajo. La integración del minusválido.

Tema 8. La rehabilitación y recuperación profesionales. Principios generales. Historia, concepto y definición de la rehabilitación. Profesionales que la componen. Sociología de la rehabilitación.

Tema 9. Reacciones psicológicas a la incapacidad física. Rehabilitación del parapléjico y su adaptación al trabajo.

Tema 10. Alteraciones postulares de la columna. La postura en la actividad laboral. Formación práctica del trabajador que maneja cargas pesadas.

Tema 11. Locales del Servicio de Salud Laboral. Esquema general de la organización administrativa de un Servicio de Salud Laboral. Absentismo laboral. Definición. Causas técnicas para su resolución. Tema 12. Higiene del trabajo. Ramas de la misma. Ambiente laboral. Clasificación de los principios contaminantes. Ideas generales sobre la acción de los principales contaminantes, físicos y químicos. Tema 13. Medición de los distintos contaminantes. Valores estándar. Definición. Formas de cálculos y limitaciones.

Tema 14. Estudios sistemáticos de los riesgos higiénicos. La encuesta higiénica. Forma de realización. Evaluación de los riesgos. Corrección de las situaciones de riesgos higiénicos. Formas de actuación. Protección ambiental: sus tipos. Tema 15. Limpieza de los locales del trabajo. Desinfección. Desratización. Desodorización. Tratamiento de basuras y excretas. Eliminación de residuos industriales. Servicios higiénicos en los lugares de trabajo. Vestuarios. Lavabos. Retretes. Agua potable. Condiciones mínimas reglamentarias. Detergentes industriales.

Tema 16. Higiene individual del trabajador. Higiene física. Generalidades. Ropa de Trabajo. Higiene y protección de la piel. Protección de la cabeza. Higiene y protección de la vista. Higiene y protección de los oídos. Protección de las extremidades inferiores. Protección de las extremidades superiores. Higiene y protección del aparato respiratorio.

Tema 17. Intoxicaciones alimentarias. Higiene de cocinas y comedores.

Tema 18. Concepto y clasificación de las enfermedades profesionales. Mecanismo de acción de los diversos agentes.

Tema 19. Toxicología profesional. Ideas generales. Vías de ingreso y eliminación de tóxicos. Toxicología profesional de los pesticidas.

Tema 20. Concepto de las dermatosis profesionales. Incidencia y clasificación.

Tema 21. Ruidos. Efectos generales del ruido. Fisiopatología. Trauma sonoro profesional. Fatiga auditiva. Sordera profesional. Clínica y diagnóstico diferencial.

Tema 22. Enfermedades producidas por las vibraciones y trepidaciones. Prevención y tratamiento. Ambiente climático.

Tema 23. Enfermedades profesionales producidas por agentes vivos. Generalidades. Niveles de prevención. Fuentes de infección. Mecanismos de transmisión.

Tema 24. Tétanos. Etiología. Epidemiología. Patogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Medidas preventivas. Hepatitis vírica profesional. Etiología. Epidemiología. Patogenia. Diagnóstico. Tratamiento. Medidas preventivas.

Tema 25. Cáncer profesional. Historia y clasificación. Riesgos industriales. Cánceres profesionales más frecuentes. Diagnóstico. Prevención y tratamiento.

Tema 26. Seguridad en el trabajo. Concepto de accidentes de trabajo. Importancia social y económica. Datos estadísticos. Clasificación de los accidentes de trabajo. Su concepto, valoración e incapacidades. Causas de los accidentes de trabajo. Factores técnicos y humanos. Investigación del accidente.

Tema 27. Organización de la prevención. Principios generales de seguridad. Protección frente a la maquinaria. Prevención de caídas.

Tema 28. Prevención de los accidentes eléctricos. Prevención de incendios y explosiones.

Tema 29. Valoración de la seguridad. Inspecciones de seguridad. Notificación y clasificación de accidentes. Índices de frecuencia y gravedad. Estadísticas de seguridad.

Tema 30. Urgencias en Medicina del Trabajo. Organización de los primeros auxilios. Botiquines de urgencia. Sala de curas. Puestos de socorro. Aparatos de reanimación.

Tema 31. Normas generales de actuación ante un accidentado. Transporte de accidentados. Organización y conducta en caso de grandes catástrofes.

Tema 32. Fracturas. Conceptos generales. Métodos de inmovilización provisional. Politraumatizados. Concepto. Jerarquización de las lesiones. Primeros auxilios.

Tema 33. Heridas. Aspectos particulares. Hemorragias. Tipos. Cuidados urgentes. Medidas hemostáticas. Quemaduras. Clasificación. Conducta terapéutica. Quemaduras por agentes químicos. Quemaduras eléctricas.

Tema 34. Traumatismos de las manos. Medidas de urgencia a tomar.

Tema 35. Traumatismos cráneo-encefálicos. Medidas de urgencia a tomar. Traumatismos vertebrales. Medidas de urgencia a tomar.

Tema 36. Excitación psicomotriz. Conceptos. Tipos y terapéutica de urgencia. Pérdidas de conocimiento. Comas. Profundidad de los mismos. Exploración del enfermo comatoso. Primeros auxilios. Reanimación cardiopulmonar. Técnicas. Medicación. Masaje cardiaco externo.

Tema 37. Dolor toráxico. Causas. Diagnóstico diferencial. Primeros auxilios. Dolor abdominal. Abdomen agudo. Diagnóstico diferencial. Primeros auxilios.

Tema 38. Profilaxis y tratamiento de las infecciones. Inmunización activa y pasiva. Asfixia. Tipos. Métodos de respiración artificial con o sin aparatos.

Tema 39. Urgencias otorrinolaringólogas. Cuerpos extraños en vías respiratorias. Cuerpos extraños en nariz u oídos. Ingestión de cáusticos. Epistaxis. Urgencias oculares. Quemaduras químicas. Cuerpos extraños. Heridas del globo ocular. Diagnósticos y primeros auxilios.

Tema 40. Urgencias alérgicas. Asma bronquial. Shock anafiláctico. Edema angioneurótico. Diagnóstico y medidas terapéuticas. Urgencias del sistema vascular periférico. Urgencias genito-urinarias.

Tema 41. Intoxicaciones agudas profesionales. Tratamiento de urgencia. Lavado gástrico. Antídotos. Otras medidas de urgencia. Iatrogenia. Peligro del uso indiscriminado de medicamentos. Accidentes de las inyecciones.

Tema 42. Selección, formación y distribución de los técnicos en socorrismo. Actuación del A.T.S.-D.U.E. ante riesgos catastróficos.

Tema 43. Comités de Higiene y Seguridad. Composición y funcionamiento. Relaciones con los Servicios de Salud Laboral. Técnicos de Seguridad. Funciones.

Tema 44. Ordenanza laboral de la Seguridad e Higiene. El cuadro legal de las enfermedades profesionales.

Tema 45. La Seguridad Social. Régimen General y Especiales. Los Servicios Sociales de la Seguridad Social. Instituto de Higiene y Seguridad del Trabajo. Organización y funciones. Tema 46. La psicología científica y aplicación en el trabajo. Relaciones humanas. Conducta y motivación. Diferencias individuales: aptitudes, temperamentos, actitudes, etc.

Tema 47. La entrevista. Las calificaciones. Los tests. Condiciones. Clasificaciones. La adaptación del hombre al trabajo. Selección. Formación. Incentivos.

Tema 48. La adaptación del trabajo al hombre. Disminución de la fatiga. La jornada de trabajo. Mejoras de métodos. El Síndrome de Bournout.

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