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BOC Nº 073. Miércoles 15 de Junio de 1994 - 913

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Política Territorial

913 - RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 1994, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, que aprueba inicialmente la Modificación Puntual del Plan Parcial Polígono de Jinámar (Gran Canaria).

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente, R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de fecha 11 de mayo de 1994, por el que se aprueba inicialmente la Modificación Puntual del Plan Parcial Polígono de Jinámar, promovido por la Consejería de Política Territorial, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de 1994.- El Director General de Urbanismo, Faustino García Márquez.

A N E X O

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 11 de mayo de 1994, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero: aprobar inicialmente, al amparo de lo preceptuado en el artículo 137 del Reglamento de Planeamiento en relación al artículo 124 del mismo texto, la Modificación Puntual del Plan Parcial Polígono de Jinámar, promovido por la Consejería de Política Territorial, y someterlo a información pública por plazo de un mes, conforme determina el artículo 116 del Real Decreto-Legislativo 1/1992, mediante anuncio en el Boletín Oficial de Canarias y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia.

Segundo: otorgar igual periodo a los Ayuntamientos de Las Palmas de Gran Canaria y Telde para que examinen el documento y formulen cuantas sugerencias o alegaciones estimen más oportunas.

Tercero: el presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y se notificará expresamente a los Ayuntamientos de Las Palmas de Gran Canaria y Telde y al Cabildo Insular de Gran Canaria.

Contra este Acuerdo cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, a partir de su notificación, que deberá venir acompañado de dos copias, ante la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, y contra su desestimación expresa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la resolución del recurso, y si ésta fuera presunta, en el plazo de un año a partir de la interposición del recurso de reposición en virtud de lo dispuesto en el artº. 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en relación al apartado 1 de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La presente certificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, y artículo 145 de la Ley 14/1990, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias por remisión del artículo 2 de dicha norma territorial.

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