De conformidad y a los efectos previstos por el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al encontrarse en ignorado paradero D. José Antonio Espinosa Bolaños, mediante el presente anuncio se procede a notificarle la Propuesta de Resolución de fecha 12 de julio de 1993, recaída en el expediente sancionador nº 035/93, cuya parte dispositiva dice textualmente:
Como continuación al expediente sancionador reseñado, incoado a D. José Antonio Espinosa Bolaños y de conformidad con el artº. 137.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo, de 17 de julio de 1958, aplicable en virtud de lo establecido en el apartado 2º de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, el Instructor que suscribe formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
De las actuaciones practicadas y antecedentes que han dado lugar a la instrucción de las diligencias, y
Resultando: que formulado el preceptivo Pliego de Cargos por: el bar carece de autorización sanitaria. Elaboran en la cocina sandwiches, bocadillos, tortillas y frituras, sin que ésta reúna condiciones higiénico-sanitarias. Falta de limpieza en general. Puntos de luz no protegidos. La campana extractora no funciona. Carece de carné de manipuladores de alimentos Dña. Rafaela Pulido García. Venta de queso fresco sin fecha de caducidad.
Resultando: que el expedientado no contesta al mismo.
Resultando: que de las diligencias practicadas queda probado que son ciertos los hechos que se le imputan.
Considerando: que analizados los hechos reseñados a través de las disposiciones en vigor, se aprecia infracción de lo dispuesto en los artículos 20.3, 6º.1, 4º.7 y 4º.5 del Real Decreto 2.817/1983, de 13 de octubre (B.O.E. de 11.11.83); artículo 3º.a) del Real Decreto 2.505/1983, de 4 de agosto (B.O.E. de 20.92.83), y artº. 12.1.6.2 de la Orden Ministerial de 29 de noviembre de 1985, en relación con el artº. 35.a).1 de la Ley 14/1986, de 25 de abril.
Considerando: que de acuerdo con lo previsto en el artº. 35 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, la infracción debe calificarse como leve y que procede sancionar a D. José Antonio Espinosa Bolaños con la cantidad de cuarenta mil (40.000) pesetas de acuerdo con lo previsto en el apartado a) del número 1 del artº. 36, de la Ley General de Sanidad 14/1986, de 25 de abril, advirtiéndole que deberá proceder a subsanar las incidencias imputadas, a la mayor brevedad.
De conformidad con lo dispuesto en el artº. 137.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo, comunico a usted que en el plazo de ocho días, a partir de la recepción de esta Propuesta de Resolución, puede alegar cuanto considere conveniente en su defensa ante el Instructor y por escrito. Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de julio de 1993.- El Instructor del expediente, Luis Cabrera Bolaños.
Lo que le notifica.
Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de marzo de 1994.- El Director Territorial de Salud Pública, Sergio Hernández Sánchez.
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