BOC - 1994/043. Lunes 11 de Abril de 1994 - 676

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676 - ANUNCIO de 15 de marzo de 1994, de la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, relativo a notificación de expediente sancionador incoado a Los Reyes Recreativos, con título de empresa operadora revocado, en ignorado paradero, por infracción a la normativa sobre el juego.- Expte. nº 8/94.

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Se hace saber a D. Rubén Reyes Yanes, como titular de la empresa operadora Los Reyes Recreativos, con título de empresa operadora revocado, que se ha dictado Resolución de la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, por la que se procede al depósito en las dependencias de la Consejería de Economía y Hacienda, Polígono Costa Sur, calle Panamá, de la máquina recreativa tipo “B”, TF-B-carece, modelo B-1603, vista el Acta de Infracción de la Inspección del Juego, de fecha 2 de febrero de 1994, en virtud de la cual se ha incoado expediente sancionador nº 8/94.

Resultando: que en virtud del Acta de Infracción de fecha 2 de febrero de 1994, por el Inspector del Juego actuante se denuncia que en el Bar El Delfín, sito en Santa Cruz de Tenerife, Plaza del Príncipe, 4, se encuentra instalada y en funcionamiento una máquina recreativa tipo “B”, TF-B-carece, modelo B-1603, cuya titularidad ostenta D. Rubén Reyes Yanes. Dicha empresa no presenta ningún tipo de documentación.

Resultando: que en el mismo acto de inspección y por el Inspector del Juego actuante se procedió al precinto cautelar de la máquina recreativa del tipo “B”, advirtiéndose al compareciente del contenido de los artículos 46.2.b) del Reglamento anteriormente citado y 237 del Código Penal.

Resultando: que en la propuesta formulada por la Instructora del expediente, se estima que el depósito de la máquina en un establecimiento oficial garantizaría una mejor conservación de la misma.

Resultando: que el artº. 42.6 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar (Decreto 93/1988, de 31 de mayo), establece que “en los supuestos de presuntas infracciones graves o muy graves el órgano competente podrá ordenar con carácter cautelar el precinto y depósito del material afectado y prohibir la práctica del juego en los locales donde en su caso se haya cometido la infracción a resultas de la resolución que en definitiva sea dictada.

Y vistos los demás preceptos de general y común aplicación, y en particular el párrafo 2º del apartado 3 del artº. 43 anteriormente citado,

R E S U E L V O:

Mantener la medida cautelar adoptada, esto es, el precinto trabado en la máquina recreativa del tipo “B”, modelo B-1603, propiedad de Los Reyes Recreativos, cuya titularidad ostenta D. Rubén Reyes Yanes, cuyo título de empresa operadora se encuentra revocado, e instalada en el Bar El Delfín, sito en la Plaza del Príncipe, 4, Santa Cruz de Tenerife.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso ordinario ante el Consejero de Presidencia y Turismo en el plazo de un mes, desde la publicación de la presente Resolución y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de marzo de 1994.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.



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