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Esta Dirección General, examinada la solicitud presentada por el Banco Consolidado España, S.A., y en base a lo dispuesto en el Real Decreto 1.684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación (B.O.E. de 3 de enero de 1991), Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 1 de septiembre de 1993, por la que se dictan instrucciones en relación con las Entidades de Depósito que presten el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria, y conforme al artículo 21.2.c) del Decreto 230/1991, de 20 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda, dicta la siguiente Resolución.
Se autoriza a la entidad Banco Consolidado España, S.A. para la apertura de cuentas tituladas Tesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias, cuenta restringida de la colaboración en la recaudación, declaraciones-liquidaciones y Tesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias, cuenta restringida de colaboración en la recaudación, liquidaciones practicadas por la Administración. A tal efecto, se le asigna el número 029 como Entidad colaboradora en la gestión recaudatoria.
Contra este acuerdo, puede el interesado interponer recurso ordinario ante el Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes a partir de su notificación. Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de marzo de 1994.- La Directora General del Tesoro, Olga Arencibia Díaz.
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