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Se hace saber a D. Rubén Reyes Yanes, como titular de la extinta empresa operadora Los Reyes Recreativos, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos en el expediente sancionador que se ha incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de Presidencia y Turismo, con el nº 216/93, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, al haberse comprobado que en el establecimiento bar Beneharo, sito en Santa Cruz de Tenerife, calle Ángel Guimerá, 38, se encuentra instalada y en funcionamiento la máquina recreativa tipo B, modelo 1.730, careciendo de todo tipo de documentación, presentando una fotocopia de la Guía de Circulación para una máquina del tipo A, donde aparece como titular de la empresa Los Reyes Recreativos. A dicha empresa le fue revocado el título de empresa operadora mediante Resolución de la Viceconsejera para las Administraciones Públicas, de 17 de octubre de 1991. Se requisa por la inspección la fotocopia incorporada a la máquina.
Lo que supone infracción a los artículos 8, 9, 12, 13, 18.1.c), 30.1.a), b), c), d), 31.1.b), c), d) y 44 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo.
Sancionándose como disponen el artº. 38 y siguientes del citado Decreto y artº. 22 y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre (B.O.C. nº 158, de 31.12.85).
De acuerdo con lo establecido en el artº. 43.1.2.b) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, de máquinas recreativas y de azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, se concede un plazo de ocho días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente en defensa de su derecho.
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de diciembre de 1993.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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