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El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 19 de noviembre de 1993, acordó adoptar el acuerdo siguiente: Expediente relativo a Proyectos de Bases y Estatutos de Actuación de Junta de Compensación Núcleo Urbano La Salle-Ensanche Sur (Polígono CEPSA-D.I.S.A.), a los efectos de aprobación definitiva.
Visto el expediente iniciado por D. Javier Martín Carbajal, en nombre y representación de Compañía Española de Petróleos, S.A. (CEPSA), en solicitud de la aprobación de los Proyectos de Estatutos y Bases de Actuación que habrán de regir el funcionamiento de la futura Junta de Compensación Núcleo urbano La Salle-Ensanche Sur (Polígono CEPSA-D.I.S.A.). Resultando que el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 18 de julio de 1992, acordó aprobar inicialmente los referidos Proyectos de Estatutos y Bases de Actuación; en cumplimiento de la normativa aplicable, el acuerdo de aprobación inicial fue sometido a información pública mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 110, de 11 de septiembre de 1992, y en los periódicos de mayor circulación de la Provincia, así como notificado individualmente a los vecinos afectados. Resultando que Shell España, S.A. y D.I.S.A. han presentado alegaciones que pueden sintetizarse en los puntos siguientes: 1) que los terrenos de Shell España, S.A. y D.I.S.A. no están afectados por el Convenio suscrito entre Cepsa, S.A. y este Ayuntamiento; 2) que las fincas de Shell España, S.A. y D.I.S.A. están adscritas a un polígono diferente del que ahora es objeto de desarrollo del Sistema de Compensación; 3) que por tanto se vulnera el procedimiento de modificación para la delimitación de polígonos recogido en el Plan General de Ordenación Urbana de 1992 y en la legislación aplicable; 4) por tanto las dos empresas solicitan ser excluidas del ámbito de aplicación sobre el que operaría la Junta de Compensación, comprometiéndose a presentar Proyecto de Estatutos y Bases para el denominado Polígono II. Resultando que, por otro lado, las empresas Pelarre, S.L. y Comercial Canaria de Fertilizantes solicitan su incorporación a la Junta de Compensación. Resultando que, mediante escrito recibido el 29 de octubre de 1993, se da traslado a la Compañía Española de Petróleos, S.A. (CEPSA) de parte del contenido del informe de la Unidad de Planeamiento y Gestión, de fecha 16 de septiembre de 1993, del que se desprenden las actuaciones que han de seguirse para la adaptación a la nueva legislación urbanística sobrevenida y modificación de aspectos puntuales de los Proyectos de Estatutos y Bases de Actuación. Resultando que la Compañía Española de Petróleos, S.A. (CEPSA) presenta el 5 de noviembre de 1993 Texto Refundido, de fecha octubre/noviembre de 1993, de los Proyectos de Estatutos y Bases de Actuación, redactados por el Abogado D. Leopoldo de Miguel Celdrán y el Arquitecto D. Manuel Marrero del Toro; la Unidad de Planeamiento y Gestión informa nuevamente el 9 de noviembre de 1993 que se ha cotejado el Texto Refundido presentado con la normativa de aplicación y las modificaciones solicitadas, apreciándose que el texto se ajusta a las mismas y que ninguna de éstas tiene carácter sustancial. Considerando que el Convenio urbanístico suscrito entre Cepsa, S.A. y el Excmo. Ayuntamiento se incorporó al Plan General de Ordenación Urbana de 1992, siendo incluido en el anexo de Convenios y haciéndose mención expresa en la ficha correspondiente al Área; en la Base Cuarta epígrafe b) se acuerda la delimitación del polígono que, además, se contiene en plano anexo, añadiéndose el siguiente párrafo: ... en beneficio de la facilidad de gestión, el Ayuntamiento aceptará la subdivisión del polígono así definido en subpolígonos independientes si mediase acuerdo de los propietarios interesados .... Estas determinaciones no fueron recurridas por las empresas que ahora presentan alegaciones. Considerando que los propietarios que no se hubieran solicitado el sistema podrán incorporarse con igualdad de derechos y obligaciones a la Junta de Compensación en el plazo de un mes, desde la notificación del acuerdo de aprobación definitiva. En el acuerdo de notificación serán requeridos para que procedan a su incorporación a la Junta de Compensación, y, si no lo hicieran, sus fincas serán expropiadas en favor de la Junta de Compensación, que tendrá la condición jurídica de beneficiaria (artº. 158.1 Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana -B.O.E. de 30 de junio- y artº. 162.5 del Real Decreto 3.288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística). Considerando que el acuerdo de aprobación definitiva se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y se notificará individualizadamente con ese mismo contenido a los propietarios afectados (artº. 162.4 del Reglamento de Gestión Urbanística). Considerando que un representante de la Administración actuante formará parte del órgano rector de la Junta (artº. 158.4 Real Decreto-Legislativo 1/1992). El Excmo. Ayuntamiento Pleno, previos dictámenes del Consejo de Dirección de la Gerencia Municipal de Urbanismo y de la Comisión Informativa de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, acuerda: 1) la aprobación definitiva de los Proyectos de Estatutos y Bases de Actuación que habrán de regir el funcionamiento de la futura Junta de Compensación Núcleo urbano La Salle-Ensanche Sur (Polígono CEPSA-D.I.S.A.), con las modificaciones introducidas en el Texto Refundido, de fecha octubre/noviembre de 1993, de los Proyectos de Estatutos y Bases de Actuación, redactados por el Abogado D. Leopoldo de Miguel Celdrán y el Arquitecto D. Manuel Marrero del Toro; 2) el acuerdo de aprobación definitiva se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y se notificará individualizadamente a los propietarios afectados; 3) los propietarios que no se hubieran solicitado el sistema serán requeridos para que procedan a su incorporación a la Junta de Compensación en el plazo de un mes, desde la notificación del acuerdo de aprobación definitiva, y serán apercibidos de que, si no lo hicieran, sus fincas serán expropiadas en favor de la Junta de Compensación; 4) habrá de ser designado un representante de la Administración actuante para que forme parte del órgano rector de la Junta.
En virtud de los requisitos que soportan la actuación administrativa, en particular el que se deduce del artº. 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, respecto a su desarrollo con arreglo a las normas de economía, celeridad y eficacia, conformadas por lo prevenido en el artº. 103 del Texto Constitucional, y por aplicación, asimismo, del artº. 60 del Texto Legal en primer término indicado, y de la previsión formal señalada en el artº. 157 en relación con el nº 4 de la Disposición Final Única, ambos del Real Decreto-Legislativo 1/1992, de 26 de junio, sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana en vigor desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado nº 156, de 30 de junio del mismo año, se determina, de conformidad con el artº. 162.4 y 5 del Real Decreto 3.288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística, la publicación del acuerdo de aprobación definitiva de los Proyectos de Estatutos y Bases de Actuación que habrán de regir el funcionamiento de la futura Junta de Compensación Núcleo urbano La Salle-Ensanche Sur (Polígono CEPSA-D.I.S.A.), con las modificaciones introducidas en el Texto Refundido, de fecha octubre/noviembre de 1993, en el Boletín Oficial de Canarias, redactados de acuerdo con lo prevenido en los artículos 166 y 167 del anterior texto legal. Asimismo, en virtud de lo dispuesto en el artº. 162.5 del mismo texto legal, se requiere a los propietarios que no lo hubieran solicitado para que procedan a su incorporación a la Junta de Compensación en el plazo de un mes, desde la notificación del acuerdo de aprobación definitiva, y apercibiéndoseles de que, si no lo hicieran, sus fincas serán expropiadas en favor de la Junta de Compensación. Y ello, con independencia de la notificación individualizada, que se llevará a efecto a partir de la fecha de publicación, a los propietarios incursos por el sistema de actuación establecido en el planeamiento vigente. En vista de que no será posible la notificación del Acuerdo de aprobación definitiva de los Proyectos de Estatutos y Bases de Actuación que habrán de regir el funcionamiento de la futura Junta de Compensación Núcleo urbano La Salle-Ensanche Sur (Polígono CEPSA-D.I.S.A.) a determinados señores propietarios de parcelas situadas en el ámbito de aplicación del núcleo mencionado, que a continuación se relacionan, por encontrarse en ignorado paradero o desconocerse su domicilio, por el presente anuncio se lleva a cabo dicha notificación, haciendo constar que a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, disponen del plazo de un mes para hacer las reclamaciones y observaciones que estimen convenientes a sus derechos ante esta Administración municipal. Relación de propietarios: 30.- Herederos de Santiago Pérez; 31.- Secundina Almeyda Fariña; 33.- Bhgcha Harish Chugani Dadlani; 34.- Desconocido; 35.- Desconocido; 36.- Desconocido; 59.- Fermín Álvarez Álvarez; 60.- Fermín Álvarez Álvarez; 61.- Alfonso Hernández Ruiz; 62.- José Luis Zubieta Fernández; 63.- José Luis Zubieta Fernández.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de diciembre de 1993.- El Oficial Mayor en funciones de Secretario General, José Eugenio de Zárate y Peraza de Ayala.
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