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El artículo 18.c) del Decreto 31/1993, de 5 de marzo, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Autonómica de Canarias, y el artículo 5 del Decreto 33/1993, de 12 de marzo, por el que se delega en los miembros del Gobierno la concesión de ayudas y subvenciones nominativas, establecen que los Departamentos del Gobierno deberán publicar trimestralmente en el Boletín Oficial de Canarias las ayudas y subvenciones nominativas concedidas, precisando el destino, la cuantía y el beneficiario.
En cumplimiento de las citadas disposiciones, y habiéndose otorgado durante el segundo trimestre, subvenciones nominativas por razones de reconocido interés público, por el titular del Departamento en virtud de las facultades conferidas por el artículo 1 del Decreto 33/1993, de 12 de marzo, por el que se delega en los miembros del Gobierno la concesión de ayudas y subvenciones nominativas, se relacionan a continuación las concedidas, precisando el destino, la cuantía y el beneficiario.
Santa Cruz de Tenerife, a 15 de diciembre de 1993.- El Secretario General Técnico, José Miguel Ruano León.
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