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Por Decreto 33/1993, de 12 de marzo, se delega en los miembros del Gobierno la competencia para el otorgamiento de ayudas y subvenciones nominativas correspondientes a las Líneas de Actuación que en su anexo se significan.
Dicho Decreto fue objeto de una modificación operada en su anexo por el Decreto 216/1993, de 29 de julio, al incluirse una nueva línea de actuación en el mismo.
Con la finalidad de subsanar errores materiales detectados por diferencias entre las bases de datos del Sistema de Información Contable de los años 1992-93 al existir coincidencia de códigos para las distintas líneas, es necesario proceder a la conversión de códigos de Líneas de Actuación de la Sección 14 (Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales).
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 22 de octubre de 1993,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Modificar el anexo del Decreto 33/1993, de 12 de marzo, afectando a los códigos de las Líneas de Actuación de la Sección 14 correspondiente a la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, sustituyéndose las Líneas de Actuación que en el mismo se significan y que a continuación se relacionan:
por las que a continuación se detallan:
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de octubre de 1993.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, José Miguel González Hernández.
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