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BOC Nº 077. Lunes 14 de Junio de 1993 - 1038

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Economía y Hacienda

1038 - RESOLUCIÓN de 19 de abril de 1993, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la remisión, a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, del expediente administrativo concerniente a impugnación de la Instrucción sobre control de crédito horario.

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Interpuesto por la Confederación Autónoma Nacionalista Canaria, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en su sede de Las Palmas de Gran Canaria nº 367/1993, contra la Instrucción de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias de 24 de febrero de 1992, sobre uso de crédito horario sindical, por los representantes sindicales, así como contra desestimación presunta del recurso de reposición formulado con fecha 24 de marzo de 1993, y a tenor de lo establecido en el artículo 61 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Consejería

R E S U E L V E:

Primero.- Remitir a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, copia del expediente administrativo, relativo a la Instrucción de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, de 24 de febrero de 1992, sobre uso de crédito horario sindical de los representantes sindicales, así como la desestimación presunta del recurso de reposición formulado con fecha 24 de marzo de 1992.

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias a los efectos de lo preceptuado en el artículo 64 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, modificado por la Ley 10/1992, de 30 de abril, a fin de que todos los interesados en el recurso contencioso-administrativo 367/1993, promovido por la Confederación Autónoma Nacionalista Canaria, contra la Instrucción de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno Autónomo de Canarias de 24 de febrero de 1992, sobre uso de crédito horario sindical, por los representantes sindicales, puedan comparecer ante la Sala en el plazo de nueve días contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de abril de 1993.- El Secretario General Técnico, Juan Manuel González Jáber.

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