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Se hace saber a Dña. Angelina Hernández Martel, en ignorado paradero, que por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas se ha dictado la siguiente
PROVIDENCIA:
Habiéndose emitido por el Servicio de Inspección del Juego informe, con fecha 19 de octubre de 1992, en virtud del cual el Salón de Juegos Recreativos sito en la calle Franchy Roca, nº 32, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, del que es titular Dña. Angelina Hernández Martel, se encuentra un Bar-Pub, denominado Belingo, comprobándose que ya no existe ninguna actividad como salón recreativo, iníciese expediente de extinción de la autorización de instalación y apertura del referido local de juego, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.e) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias.
De acuerdo con el artículo 43 del Decreto 93/1988 citado, se le concede el plazo de ocho días a partir del siguiente a la presente publicación para que pueda formular las alegaciones que tuviere por conveniente a la defensa de su derecho.
Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de marzo de 1993.- El Viceconsejero para las Administraciones Públicas, p.s., Julio Manuel Pérez Hernández (Orden de 19.3.93, B.O.C. nº 35, de 20.3.93).
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