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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 8/1992, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Trabajo y Función Pública, y a fin de garantizar la continuidad en el ejercicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Trabajo, por la presente
D I S P O N G O:
1. Que por enfermedad del titular de la Dirección General de Trabajo, se haga cargo temporalmente del despacho de los asuntos de la misma el Secretario General Técnico de esta Consejería.
2. Publíquese la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de abril de 1993.
EL CONSEJERO DE TRABAJO Y FUNCIÓN PÚBLICA, Francisco José Rodríguez-Batllori Sánchez.
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