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BOC Nº 004. Viernes 8 de Enero de 1993 - 29

V. ADMINISTRACIÓN LOCAL - A.San Bartolomé (Lanzarote)

29 - ANUNCIO de 21 de diciembre de 1992, por el que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de concurso-oposición, tres plazas de Auxiliares de Administración General.

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De conformidad con lo aprobado por el Pleno Municipal, se convocan pruebas selectivas para cubrir por el sistema de concurso-oposición tres plazas de Auxiliares de Administración General, todo ello con arreglo a las siguientes BASES DEL CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE PARA CUBRIR EN PROPIEDAD TRES PLAZAS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL VACANTES EN ESTE AYUNTAMIENTO

Primera.- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el procedimiento selectivo de concurso-oposición libre, de tres plazas de Auxiliar Administrativo de Administración General, vacantes en la relación de puestos de trabajo. Grupo D; coeficiente 1,7; con los emolumentos establecidos.

Segunda.- Condiciones de los aspirantes.

Para tomar parte en el concurso-oposición será necesario:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad, sin exceder de los 55.

c) Estar en posesión del Título de Bachiller Elemental, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado, o equivalentes o, en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desarrollo de las funciones públicas.

Tercera.- Solicitudes.

a) Quienes deseen tomar parte en el presente concurso-oposición deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, y dirigirán sus solicitudes al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación.

Las solicitudes podrán también presentarse en la forma en que determina el artº. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

b) Los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 1.000 pesetas, serán satisfechos por el aspirante al presentar la solicitud haciéndose efectivas en la Tesorería de la Corporación o, en el caso de utilizar el cauce previsto en el artº. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el citado importe podrá satisfacerse mediante giro postal o telegráfico, haciéndose constar esta circunstancia en la solicitud. Dicho importe no podrá ser devuelto más que en el caso de no ser admitido a las pruebas selectivas por falta de alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en las mismas.

c) A la presentación de solicitudes de aquellos aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso, deberán acompañar justificación de los méritos que deseen hacer valer en el mismo.

d) El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarta.- Admisión.

Comienzo, desarrollo y orden de actuación en las pruebas.

Expirado el plazo de admisión de instancias, la Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos que será expuesta en el tablón de anuncios de la Corporación, concediéndose un plazo de quince días para reclamaciones. Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán rechazadas o aceptadas en la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva que será hecha pública asimismo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios. En dicha Resolución u otras, se indicará el lugar, la fecha de comienzo de los ejercicios, el orden de actuación de los aspirantes, previo sorteo, y la composición del Tribunal Calificador, publicándose en los medios anteriormente expuestos.

Quinta.- Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador queda constituido de la siguiente forma:

Presidente: el de la Corporación o miembro de la misma en el que delegue.

Vocales: un representante del profesorado oficial designado por el Instituto de Estudios de Administración Local o autoridad competente.

Un representante de la Comunidad Autónoma Canaria. Un funcionario de carrera designado por la Presidencia.

Secretario: el de la Corporación con voz y voto. La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes que asumirán, en su caso, las funciones de los titulares, efectuándose dichas sustituciones con carácter no delegable. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo e intervenir, cuando concurran las circunstancias previstas en el artº. 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo, notificándolo a la autoridad convocante. Los aspirantes podrán recusar.

Sexta.- Fase de concurso.

La fase de concurso será previa a la de oposición; la primera fase no tendrá carácter eliminatorio ni será tenida en cuenta para superar la fase de oposición. La suma obtenida por ambas fases será la que determine el orden final de los aspirantes, quedando seleccionados aquellos aspirantes que obtengan mayor puntuación sumadas ambas fases.

Séptima.- Fase de oposición.

La fase de oposición consistirá en desarrollar, con carácter obligatorio, los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: constará de dos partes:

1ª) Copiar a máquina durante quince minutos un texto que facilitará el Tribunal.

2ª) Informática básica. Manejo de un ordenador PC Philips, programa FW3, para registro de datos y escritura de un texto designado por el Tribunal.

En ambas pruebas se calificará la aptitud de los opositores en cuanto a limpieza, composición y corrección de los textos.

Segundo ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito, en un periodo máximo de 60 minutos un tema de los contenidos en el anexo, a elegir entre dos que elegirá por azar el Tribunal. Se valorarán la formación general, la claridad y orden de las ideas, el conocimiento del tema, la facilidad de exposición escrita y la aportación personal.

Tercer ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de 60 minutos, un tema señalado por el Tribunal, con amplia libertad en cuanto se refiere a su forma de exposición a fin de poder apreciar el nivel de formación general, la composición gramatical, redacción y claridad de exposición.

La calificación máxima a obtener en cada uno de los ejercicios será de 10 puntos, siendo preciso para poder pasar a cada uno de ellos un mínimo de cinco puntos.

Octava.- Valoración de los méritos.

A los aspirantes admitidos se les valorarán los méritos conforme al siguiente baremo:

1. Por servicios prestados en esta Corporación en trabajo similar al que se pretende acceder, 0,4 puntos por cada mes de servicio efectivo, hasta un máximo de 13 puntos.

2. Por servicios prestados a la Administración Pública en plaza similar a la que se pretende acceder, 0,10 puntos por mes de servicio.

3. Por otros méritos discrecionalmente valorados por el Tribunal para lo cual puede, si lo considera oportuno, realizar una entrevista personal, hasta un máximo de 2 puntos.

Novena.- Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Al finalizar los ejercicios 1º, 2º y 3º de la oposición el Tribunal hará pública la lista de aprobados de los aspirantes.

Terminada la calificación de todos los ejercicios, el Tribunal publicará las relaciones de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.

La relación de aprobados será elevada por el Tribunal a la Presidencia de la Corporación para que formule los nombramientos pertinentes. Al mismo tiempo remitirá a dicha autoridad el acta de la última sesión del Tribunal en la que habrán de figurar, por orden de puntuación, todos los opositores que, habiendo superado todas las pruebas, excedieren del número de plazas convocadas.

Los opositores propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se hicieron públicos en el lugar del último ejercicio, sus nombres, los documentos siguientes:

a) Certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil correspondiente.

b) Original o fotocopia compulsada del título exigido en estas bases.

c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

d) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto psíquico o físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

Transcurrido el plazo de presentación de documentos, y aceptada por el órgano competente la propuesta de aprobados, se procederá a formalizar el nombramiento de funcionarios de carrera, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

En el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al del nombramiento, los interesados deberán tomar posesión en el Ayuntamiento. De no hacerlo en el plazo indicado, quedarán en la situación de cesantes.

Décima.- Incidencias. Impugnación.

El Tribunal queda facultado para la resolución de cuantas dudas se presenten durante el desarrollo del procedimiento selectivo y en lo no previsto en estas bases, para adoptar los acuerdos necesarios en seguimiento a su tramitación y buen orden.

La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo.

San Bartolomé, a 21 de diciembre de 1992.- El Alcalde.

A N E X O

PROGRAMA

MATERIAS COMUNES:

Tema 1.- La Constitución Española de 1978: significado y estructura. Principios generales; su reforma; el Tribunal Constitucional.

Tema 2.- Derechos y deberes fundamentales de los españoles. El Defensor del Pueblo.

Tema 3.- La organización del Estado en la Constitución vigente. La Corona. Las Cortes: composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.

Tema 4.- Organización territorial del Estado en la Constitución de 1978. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local. Tema 5.- Estatuto de Autonomía: procedimiento de elaboración, contenido y valor normativo.

Tema 6.- El Derecho administrativo: principios de la actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.

Tema 7.- El procedimiento administrativo. Fases del procedimiento administrativo general.

Tema 8.- La Administración Local. Concepto. Regulación jurídica y tratamiento constitucional. Tema 9.- La provincia en el régimen local. Organización provincial: el Presidente, los Vicepresidentes. El Pleno de la Diputación. Las Comisiones, especial referencia a la Comisión de Gobierno.

Tema 10.- Los Cabildos Insulares: reconocimiento en el Estatuto de Autonomía de Canarias. Funcionamiento.

Tema 11.- El municipio: concepto. La organización municipal: el Alcalde, el Pleno y la Comisión de Gobierno.

Tema 12.- Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria de orden del día. Los informes y los acuerdos. Tema 13.- Procedimiento administrativo local. El Registro de entrada y salida de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 14.- La función pública local y su organización.

Tema 15.- Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. La Mutualidad Nacional de Administración Local.

Tema 16.- Las Haciendas locales. Concepto y significado del Presupuesto. Clasificación de los ingresos locales.

MATERIAS ESPECÍFICAS:

Tema 17.- La atención al público. El derecho a la información del administrado.

Tema 18.- Conceptos de documento, registro y archivo. Funcionamiento del registro y del archivo.

Tema 19.- Los expedientes: criterios para su ordenación y llevanza. La instrucción de un expediente.

Tema 20.- La automatización de oficinas. La aplicación de la informática. La información y el ordenador electrónico.

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