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Se hace saber a Play 2000, S.L., titular de la empresa operadora nº 82, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos, en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de la Presidencia, con el nº 151/92, por infracción a la normativa sobre el juego, al haberse comprobado que en el establecimiento Bar Campo de Lucha, sito en Barrio Nuevo, calle El Drago, 7, Santa Cruz de Tenerife, se encuentra instalada y en funcionamiento la máquina recreativa TF-B-6543, presentando un Boletín de Instalación cuyos datos no coinciden con los del establecimiento, careciendo de justificante de abono de la Tasa Fiscal de Juego. Asimismo, el local carece de Libro de Reclamaciones y Reglamento de Juego.
Lo que supone infracción a los artículos 12, 31.1.b), c) y d), 30.1.d) y 44 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nº 83, de 1.7.88).
De acuerdo con lo establecido en el artº. 136.3 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, se le concede un plazo de 8 días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente en defensa de su derecho.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de diciembre de 1992.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, p.s., el Secretario General Técnico, Antonio Lazcano Acedo (Orden de 16.11.92; B.O.C. nº 160, de 20.11.92).
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