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Se hace saber a D. Santiago Moreno Sánchez, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos, en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de la Presidencia, con el nº 58/92, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, al haberse comprobado que en el establecimiento Bar Hermano Pedro, sito en el Médano, se encuentra instalada y en funcionamiento una máquina expendedora de objetos (relojes, fotos), modelo que no se ajusta a las condiciones exigidas en el Real Decreto 593/1990, de 27 de abril, y sin homologar conforme Circular de la Comisión Nacional del Juego, de fecha 25 de marzo de 1992.
Todo lo cual supone infracción a los artículos 39.8 y concordantes del Decreto 93/1988, de 31 de mayo. Sancionándose como disponen los artículos 42 y siguientes del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo.
Se confirma el precinto e incautación acordado sobre la máquina.
De acuerdo con lo establecido en el artº. 136.3 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, se le concede un plazo de ocho días hábiles a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de mayo de 1992.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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