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La ejecución del programa de los concursos de traslados de 1992, entre funcionarios de carrera, aprobado por el Decreto 114/1992, de 9 de julio, conlleva la convocatoria de los correspondientes concursos por Cuerpos o Escalas y por Departamentos u Organismos Públicos, conforme determinan los artículos 1 y 4 del citado Decreto 114/1992.
Vista la Orden de 22 de septiembre de 1992, de determinación de los puestos de trabajo objeto de las convocatorias, de la Consejería de Trabajo y Función Pública (B.O.C nº 135, de 26.9.92).
Vistas las Bases Generales de los concursos de méritos que para la provisión de puestos de trabajo vacantes en los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma Canaria, se convoquen en ejecución del repetido Decreto 114/1992, de 9 de julio, aprobadas por Orden de la Consejería de Trabajo y Función Pública de 1 de septiembre (B.O.C. nº 125, de 4.9.92).
En el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 4 del Decreto 114/1992, de 9 de julio, vengo en
D I S P O N E R:
Uno.- Convocar concurso de méritos para la provisión de los puestos de trabajo adscritos a la Escala de Médicos de Administración Sanitaria, Farmacéuticos de Administración Sanitaria y Veterinarios de Administración Sanitaria, Cuerpo Superior Facultativo, que están vacantes en este Departamento y se determinan en el anexo de la Orden de 22 de septiembre de 1992, de la Consejería de Trabajo y Función Pública, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 135, de 26 de septiembre de 1992.
Dos.- Aprobar las siguientes bases específicas de la presente convocatoria.
BASES ESPECÍFICAS
Primera.- Participantes.
Por esta convocatoria se llaman, con el carácter que se determina en la base primera de las generales, a participar en el concurso de méritos a los funcionarios del Grupo A, Cuerpo Superior Facultativo y Escala de Médicos de Administración Sanitaria, Farmacéuticos de Administración Sanitaria y Veterinarios de Administración Sanitaria.
Segunda.- Comprobación y valoración de los méritos específicos.
Los candidatos a los puestos que se determinan en el anexo presentarán una Memoria consistente en un análisis de las tareas del puesto, a juicio del candidato, con base en la descripción y posición respecto con otros que tiene el solicitado en la relación de puestos de trabajo vigente.
La Comisión de Evaluación, previo examen de la correspondiente Memoria, podrá convocar al candidato a realizar una entrevista para las aclaraciones que estime convenientes sobre las tareas del puesto y su desempeño, así como sobre la experiencia del concursante, de forma que le permita determinar el grado de idoneidad en relación con el puesto que solicita, expresado en la asignación de 0 a 2 puntos.
Tercera.- Comisión de Valoración.
Los méritos serán valorados por una Comisión compuesta por los siguientes miembros:
Presidente: Dña. Susana Peri Gómez, Secretaria General Técnica del Departamento, que podrá delegar en un Jefe de Servicio del área de Gestión de Personal de la Secretaría.
Vocal: D. Pablo Estévez González, Titulado Sanitario.
Vocal: D. Wener Rodolfo Ulrich Fuchs, Titulado Sanitario. Vocal: D. Evelio Domínguez Montesdeoca, Titulado Sanitario.
Secretario Vocal: D. Francisco Ramos García, Jefe de Sección de Personal y Administración.
Podrá estar presente en las sesiones de la Comisión de Evaluación, en todo caso, un representante de cada una de las Organizaciones Sindicales que tengan la consideración de más representativas en el ámbito de la función pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
La valoración de los méritos deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Evaluación, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones otorgadas por la Comisión de Evaluación, mérito a mérito y un total, deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.
Cuarta.- Bases aplicables.
El concurso de méritos convocado por la presente Orden se rige por las Bases Generales aprobadas por Orden de 1 de septiembre de 1992, de la Consejería de Trabajo y Función Pública, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 125, de 4 de septiembre de 1992, y por las presentes bases específicas.
Tres.- Delegar en la Secretaria General Técnica del Departamento las siguientes funciones:
1. La aprobación de las listas provisionales y definitivas de concursantes, resolviendo las reclamaciones e incidencias administrativas.
2. La aprobación de la lista de adjudicaciones provisional de puestos.
Cuatro.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, haciendo constar que contra la misma, puede interponerse ante esta Consejería recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de septiembre de 1992.
EL CONSEJERO DE SANIDAD
Y ASUNTOS SOCIALES,
Julio Manuel Pérez Hernández.
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