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El proceso de implantación anticipada de las enseñanzas correspondientes al 2º ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria supone la extinción progresiva de las actuales Enseñanzas Experimentales, definidas en la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 30 de septiembre de 1983. A la vez se producirá durante unos años la coexistencia de ambos regímenes de enseñanzas, lo que crea una nueva situación en la que algunas tareas adquieren una mayor relevancia y otras toman menor dimensión.
Todo ello aconseja rectificar determinados aspectos de la Resolución de 20 de julio de 1989, complementaria para los Centros Experimentales de la Reforma de las Enseñanzas Medias, para ir ajustando la situación actual de estos centros a las necesidades requeridas en el nuevo sistema educativo.
En consecuencia, la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa,
R E S U E L V E:
1.- Los centros de enseñanzas medias que participan en la experimentación anteriormente reseñada se regirán, además de por las disposiciones que se dicten con carácter general para los centros de EE.MM. y, en su caso, por lo que se establezca en la normativa que regule el funcionamiento de los centros que anticipen el 2º ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria, por la Resolución de 20 de julio de 1989, con las modificaciones aquí recogidas. 2.- Las únicas reducciones horarias específicas que se podrán aplicar para el profesorado que imparta las enseñanzas experimentales son:
- Coordinador/a del centro: 2 horas lectivas semanales en todos los casos.
- Tutoría: 1 hora lectiva semanal.
- Tutor del Módulo Profesional: 6 horas lectivas semanales.
3.- Las tareas de intercambio y apoyo por áreas se procurará que se realicen conjuntamente con el profesorado que imparte la Educación Secundaria Obligatoria.
4.- Los criterios que se dictan en el apartado 1 de la Resolución de 20 de julio de 1989 (B.O.C. de 23 de agosto) no serán de aplicación, toda vez que se considerarán como criterios los que se establezcan para la anticipación del tercer curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de julio de 1992.- El Director General de Ordenación e Innovación Educativa, José Fernández González.
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