BOC - 1992/095. Lunes 13 de Julio de 1992 - 1058

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - Juzgado de 1ª Instancia nº 32 de Madrid

1058 - EDICTO de 10 de junio de 1992, relativo a autos de procedimiento judicial sumario nº 02532/1991.

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Dña. Soledad Fernández del Mazo, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número treinta y dos de los de Madrid.

Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento judicial sumario del artº. 131 de la Ley Hipotecaria bajo el nº 02532/1991, a instancia de Christiania Bank Og Kreditasse contra Dorada Fish, S.A. en los cuales se ha acordado sacar a pública subasta por término de 20 días, los bienes que luego se dirá, con las siguientes condiciones:

1.- Se ha señalado para que tenga lugar el remate en primera subasta el próximo día 30 de septiembre de 1992, a las 12 horas de su mañana en la Sala de Audiencias de este Juzgado, por el tipo de 500.000.000 de pesetas.

2.- Para el supuesto de que resultare desierta la primera, se ha señalado para la segunda subasta el próximo día 28 de octubre de 1992 a las 10,10 horas de su mañana, en la Sala de Audiencia de este Juzgado, con la rebaja del 25 por ciento del tipo que lo fue para la primera.

3.- Si resultare desierta la segunda, se ha señalado para la tercera subasta el próximo día 1 de diciembre de 1992, a las 10,10 horas de su mañana, en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sin sujeción a tipo.

4.- En las subastas primera y segunda, no se admitirán posturas que no cubran el tipo de subasta correspondiente.

5.- Para tomar parte en cualquiera de las tres subastas, los licitadores deberán consignar previamente el 20 por ciento del tipo, para ser admitidos a licitación, calculándose esta cantidad en la tercera subasta, respecto al tipo de la segunda, suma que podrá consignarse en la Cuenta Provisional de Consignaciones nº 2460 del Banco de Bilbao-Vizcaya (Capitán Haya, 55, oficina 4070) de este Juzgado, presentando en dicho caso el resguardo del ingreso.

6.- Los títulos de propiedad de los inmuebles subastados, se encuentran suplidos por las correspondientes certificaciones registrales, obrantes en autos, de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para que puedan examinarlos los que deseen tomar parte en la subasta, entendiéndose que todo licitador los acepta como bastantes, sin que pueda exigir ningún otro, y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del actor, si los hubiere, continuarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el adjudicatario las acepta y queda subrogado en la necesidad de satisfacerlas, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

7.- Podrán hacerse posturas en pliego cerrado, y el remate podrá verificarse en calidad de ceder a tercero, con las reglas que establece el artº. 131 de la Ley Hipotecaria.

8.- Caso de que hubiere de suspenderse cualquiera de las tres subastas, se traslada su celebración a la misma hora, para el siguiente viernes hábil de la semana dentro de la cual se hubiere señalado la subasta suspendida, en el caso de ser festivo el día de la celebración, o hubiese un número excesivo de subastas para el mismo día.

9.- Se devolverán las consignaciones efectuadas por los participantes a la subasta, salvo la que corresponda al mejor postor, las que se reservarán en depósito como garantía del cumplimiento de la obligación, y en su caso como parte del precio de la venta.

10.- Si se hubiere pedido por el acreedor hasta el mismo momento de la celebración de la subasta, también podrán reservarse en depósito las consignaciones de los participantes que así lo acepten y que hubieren cubierto con sus ofertas los precios de la subasta, por si el primer adjudicatario no cumpliese con su obligación y desearan aprovechar el remate los otros postores y siempre por el orden de las mismas.

11.- La publicación de los presentes edictos sirve como Notificación en la finca hipotecada de los señalamientos de las subastas, a los efectos del último párrafo de la regla 7ª del artº. 131.

BIENES OBJETO DE SUBASTA

Trozada de terreno labradíos, secanos y arrifes, parte de la finca denominada La Vega Grande de Guadalupe, conocida por Juan Grande en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana que ocupa una superficie de seis hectáreas.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de San Bartolomé de Tirajana al tomo 47, libro 47 de la Sección Segunda del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, folio 144, finca registral 3772.

Y para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma Canaria expido el presente en Madrid, a 10 de junio de 1992.- El Secretario.



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