BOC - 1992/095. Lunes 13 de Julio de 1992 - 1053

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1053 - RESOLUCIÓN de 23 de junio de 1992, de la Dirección General de Vivienda, sobre notificación de Propuesta de Resolución recaída en el expediente sancionador VP-6/89, dirigida a Promociones y Fabricaciones “Profusa, S.A.”, al hallarse en ignorado domicilio.

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No teniendo constancia esta Dirección General, del domicilio de Promociones y Fabricaciones “Profusa, S.A.” (Denunciada), y siendo necesario notificarle la Propuesta de Resolución recaída en el expediente sancionador VP-6/89 de conformidad con lo previsto en el artº. 80.3, de la Ley de Procedimiento Administrativo,

R E S U E L V O:

Notificar a Promociones y Fabricaciones “Profusa, S.A.”, la Propuesta de Resolución de fecha 14 de mayo de 1992, obrante en el expediente sancionador de referencia, cuya parte dispositiva dice textualmente:

“Sancionar en calidad de responsables solidarias, a las entidades Monteguanche, S.A. y Profusa, con multa de 750.000 ptas., como autoras de una infracción muy grave tipificada en el artº. 153 apart. C-6 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por los defectos de construcción de que adolece la Urbanización “Los Caideros”, expediente 35-1-0021/83, sita en el término municipal de Mogán, y que se concretan en: deficiente impermeabilización de las terrazas jardín, que originan filtraciones de agua a la vivienda nº 59 y garaje nº 70; falta de enfoscado del túnel de servicio, que ocasiona filtraciones de agua en la vivienda nº 56-B; fisuras y grietas de gran entidad interiores y exteriores en viviendas núms. 56-B 88-E y 197-G, producidas por asentamiento de la obra; defectuosa terminación de pasillos entre viviendas núms. 33, 34, 35 y 36, así como ausencia de desagües en los mismos.

- Requerirles a fin de que en el plazo de quince días, conforme a lo establecido en el artº. 155 del texto legal anteriormente citado, ejecuten conforme al buen hacer de la construcción las obras necesarias para subsanar las deficiencias sancionadas, bajo apercibimiento que de no proceder a ello, se le irrogaran los perjuicios a que hubiere lugar en derecho.”

Contra esta Propuesta de Resolución, podrán los interesados formular las alegaciones que en su derecho convengan, ante esta Dirección General de Vivienda, en el plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de junio de 1992.- La Directora General de Vivienda, María Isabel Déniz de León.



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