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BOC Nº 078. Lunes 15 de Junio de 1992 - 762

I.DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Economía y Hacienda

762 - CIRCULAR nº 3, de 19 de marzo de 1992, de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias, por la que se dictan instrucciones sobre tramitación de los expedientes de tranferencia de crédito de gastos plurianuales.

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En aras de una más ágil e eficaz tramitación de los expedientes de transferencia de crédito y gatos plurianuales al amparo de los dispuesto en el artículo 90.b) de la Ley 7/1984, de 11 de diceimbre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y Disposición Final segunda de la Ordende 17 de diciembre de 1987, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad Presupuestaria del Gasto Público de la Comunidad Autónoma de Canarias, esta Intervención General dicta las siguientes INSTRUCCIONES Primera.- El expediente de la propuesta de transferencia de crédito será remitido por la Oficina Presupuestaria a la Intervención Delegada correspondiente. Segunda.- La Intervención Delegada examinará solo los dos extremos siguientes: a) Que le expediente de la propuesta de transferencia de crédito cumpla los requisitos legales establecidos en el artículo 5 de la Ley 11/1991, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1992. b) Que el expedinete de la propuesta de transferencia de crédito contenga los documentos contables precisos y estén correctamente cumplimentados, según la Orden de 28 de febrero de 1992, sobre tramitación de expedientes de modificaciones de crédito (B.O.C nº 34, 13 de marzo de 1992). Tercera.- Si se han observado los mencionados extremos (a y b) en dicho expediente, la Intervención Delegada lo remitirá a la Intervención General acompañado de un escrito de remisión, que figura en el anexo I, indicando que el expediente se ajusta a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 11/1991 y a la Orden de 28 de febero de 1992. 2. Si la propuesta de tranferencia infringe alguno de los aspectos señalados en la instrucción segunda, el expediente se devolverá a la Oficina Presupuestaria correspondiente para que los subsane. El Centro gestor, si procede, deberá elaborar un informe en el que justifique la necesidad de efectuar la transferencia a pesar de la vulneración legal que la misma representa. En estos casos, la Interveción Delegada constará la existencia del citado informe y remitará el expediente a la Intervención General con el escrito cuyo modelo figura en el anexo II de la presente circular. Cuarta.- Las Intervenciones Delegadas remitirán a la Intervención General una fotocopia del documento contable de retención de crédito (RC-301) contabilizado junto con el restso del expediente. Quinta.- El informe sobre el expediente de la propuesta de transferencia de crédito que hasta ahora venían emitiendo las Intervenciones delegadas correspondiente, acompañados de los originales de los oportunos documentos contables. Séptima.- La Intervención Delegada registrará en el sistema informático el documento que dé cobrtura a la anualidad correspondinte al ejercicio corriente, remitiendo el expediente en el que, preceptivamente, habrá de figurar el documento contable original de ejercicios posteriores, a la Intervención General, para la emisión del informe a que hace referencia los artículos 26 y siguientes, de la Orden, de la Consejería de Economía y Hacienda, de 28 de febrro de 1992, sobre tramtiación de expedientes de modificaciones de crédito. Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de marzo de 1992.- El Interventor General, Rafael Medina Jáber. A N E x O I Adjunto se remite expediente de propuesta de transferencia de crédito de la Sección............................................................. por importe de ........................................................... ptas; el cual cumple con los requisitos legales establecidos en el artículo 5 de la Ley 11/1991, de 26 de diceimbre, de Presupuesto Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1992 y contiene los documentos contables precisos, correctamente cumplimentados, según la Orden de 28 de febrero de 1192, sobre tramitación de expedientes de modificaciones de crédito, lo cua pongo a su conocimiento. En ..........................................., a ................de de 199..... EL INTERVENTOR DELEGADO, Fdo.

A N E x O II Adjunto se remite expediente de propuesta de transferencia de crédito de la sección............................................por importe de .........................ptas; el cual no cumple con lo establecido en el artículo 5, apartado de la Ley 11/1991, de 26 de diciembre, de Preseupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1992, se adjunta justificación del Centro Gestor, y contiene los documentos contables precisos, correctamente cumplimentados, según la Orden de 28 de febrero de 1992, sobre tramitación de expediente de modificaciones de creédito, lo cual pongo en su conocimiento.

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