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BOC Nº 068. Lunes 25 de Mayo de 1992 - 622

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Educación, Cultura y Deportes

622 - ORDEN de 11 de mayo de 1992, por la que se crea el puesto de trabajo de Educación General Básica, Educación Musical en los centros públicos de Educación General Básica, y se establece el procedimiento para reconocer a los Maestros la habilitación para ocupar este puesto.

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El Real Decreto 895/1989, de 14 de julio (B.O.E. de 20), modificado por el Real Decreto 1.664/1991, de 8 de noviembre (B.O.E. de 22), que regulan la provisión de puestos de trabajo en centros públicos de Preescolar, Educación General Básica y Educación Especial, establece en el artículo 8º, del Real Decreto primeramente citado, los puestos que se proveerán en función de las necesidades existentes.

Igualmente señala que “El Ministerio de Educación y Ciencia o los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas con competencias asumidas en materia de educación podrán incorporar, además, otros puestos de trabajo de carácter docente en función de la programación de las enseñanzas que, en el ámbito de sus respectivas competencias, establezcan, y cuyos requisitos específicos para su desempeño se determinarán en las respectivas relaciones de puestos de trabajo”.

Con el fin de establecer los cauces que permitan incorporar a los puestos de trabajo que figuran en el mencionado artículo 8º los correspondientes a Educación General Básica, Educación Musical, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera necesario, como paso previo, establecer el puesto de trabajo de Educación General Básica, Educación Musical y abrir el procedimiento de habilitación para su desempeño.

Por lo tanto, y en función de lo anteriormente expuesto esta Consejería ha dispuesto:

Primero.- Además de los puestos de trabajo recogidos en el punto segundo de la Orden de 1 de junio de 1990 (B.O.E. de 15), se establece el de Educación General Básica, Educación Musical.

Segundo.- 1. Para poder obtener la habilitación que permita solicitar puestos de trabajo de Educación General Básica, Educación Musical que esta Consejería incluya en el catálogo de puestos de trabajo de Educación General Básica, se requiere estar en posesión o en condiciones de obtener, por haber finalizado los estudios correspondientes, alguna de las titulaciones o diplomas que a continuación se indican:

1.1. Estudios musicales según el Decreto de 15 de junio de 1942 (B.O.E. de 4 de julio), sobre reorganización de los Conservatorios de Música y Declamación:

- Estar en posesión del Certificado de Aptitud expedido por los Conservatorios Elementales o haber cursado las enseñanzas de Solfeo, Nociones de Canto, Piano, Violín y Armonía correspondientes al Grado Elemental.

1.2. Estudios musicales conforme al Decreto 2.618/1966, de 10 de septiembre (B.O.E. de 24 de octubre), sobre reglamentación general de Conservatorios de Música:

- Estar en posesión del Diploma Elemental o haber cursado las enseñanzas correspondientes al Grado Elemental que a continuación se indican, durante los cursos que se especifican:

ENSEÑANZAS

Solfeo y Teoría de la Música. Cursos: 1º, 2º, 3º y 4º.

Piano. Cursos: 1º, 2º, 3º y 4º. Violín. Cursos: 1º, 2º, 3º y 4º.

Violoncelo. Cursos: 1º, 2º, 3º y 4º.

Conjunto Coral e Instrumental. Curso: 1º de Conjunto Coral.

Arpa. Cursos: 1º, 2º y 3º.

Guitarra y Vihuela. Cursos: 1º, 2º y 3º.

Viola. Cursos: 1º, 2º y 3º.

Contrabajo. Cursos: 1º, 2º y 3º.

Instrumentos de viento. Cursos: 1º, 2º y 3º.

Canto. Cursos: 1º, 2º y 3º.

Instrumentos de púa. Cursos: 1º, 2º y 3º.

Instrumentos de membranas. Curso: 1º.

Láminas. Curso: 1º.

Fuelles manuales y similares. 1º.

1.3. Haber superado los cursos de especialización, que figuran en el anexo, convocados bien por el Ministerio de Educación y Ciencia o bien por los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia de educación, requiriéndose en este caso la homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia.

Tercero.- Los funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes que se hallen en cualquier situación administrativa, y reúnan alguna de las titulaciones o se hallen en cualquiera de los supuestos a los que alude el punto segundo de esta Orden, podrán solicitar la expedición de la certificación de habilitación.

Cuarto.- 1. Para la obtención de la certificación de habilitación correspondiente a Educación General Básica, Educación Musical, se seguirá el proceso regulado por la Orden de 2 de enero de 1990 (B.O.C. de 12) y la Resolución de la Dirección General de Personal de 4 de diciembre de 1991 (B.O.C. de 13).

2. Una copia de dicha certificación será archivada en el expediente personal del interesado.

Quinto.- Los funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros que posean la habilitación de Educación General Básica, Educación Musical, expedida por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, podrán optar a los puestos de trabajo de Educación General Básica, Educación Musical, que la Consejería de Educación, Cultura y Deportes incluya en el catálogo de puestos de trabajo de los colegios de Educación General Básica.

Sexto.- Se faculta a la Dirección General de Personal para dictar cuantas instrucciones sean precisas para el desarrollo de esta Orden.

Séptimo.- La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de mayo de 1992.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Antonio García Déniz.

A N E X O

ÓRDENES Y RESOLUCIONES CONVOCATORIA COMPLEMENTARIAS

M.E.C.

O.M. de 4 de mayo de 1973 (B.O.E. de 17). R. de 7 de junio de 1973 (B.O.E. de 7 de julio). R. de 12 de enero de 1974 (B.O.E. de 9 de febrero). R. de 10 de junio de 1974 (B.O.E. de 1 de julio). R. de 7 de junio de 1977 (B.O.E. de 22 de junio).

O.M. de 13 de septiembre de 1985 (B.O.E. de 18). O. de 6 de julio de 1989 (B.O.E. de 11 de agosto) publicando listado de profesores aptos.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

R. de 14 de agosto de 1990. Homologado por Resolución de 28 de noviembre de 1991 (B.O.E. de 18 de diciembre).

Curso convocado por la Universidad de La Laguna, Junta de Gobierno de 21 de septiembre de 1988, aprobado por Consejo Social el 26 de octubre de 1988. Homologado por Resolución de 12 de noviembre de 1991 (B.O.E. de 5 de diciembre).

- Cualquier otro curso de especialización en Educación Musical convocado por los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas y homologado por el Ministerio de Educación y Ciencia.

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