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El artículo 15.6.b) del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, atribuye a los Secretarios Generales Técnicos la competencia para formalizar las tomas de posesión y diligencias de cese de los funcionarios, atribución competencial reiterada por el artículo 6 del Reglamento Orgánico de esta Consejería aprobado por Decreto 8/1992, de 17 de enero, y cuyo eficaz cumplimiento requiere, cuando se trate de personal con destino en las unidades con sede en las islas de Gran Canaria, Fuerteventura y Lanzarote, que se ejerza con criterio de inmediatez por el órgano idóneo previa delegación al efecto.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, la Secretaría General Técnica
R E S U E L V E:
Primero.- Delegar en el Director General de Trabajo la competencia para formalizar, mediante las correspondientes diligencias y hojas de enlace, la toma de posesión y cese del personal de esta Consejería con destino en cualquiera de las unidades de la misma con sede en las islas de Gran Canaria, Fuerteventura y Lanzarote.
Segundo.- Las actuaciones llevadas a cabo en ejercicio de la presente delegación harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán a todos los efectos realizadas por esta Secretaría General Técnica.
Tercero.- La delegación que mediante la presente resolución se confiere está sujeta a la potestad de revocación.
Cuarto.- La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de abril de 1992.- La Secretaria General Técnica, Francisca Pérez García.
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