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No teniendo constancia este Servicio Hidráulico del domicilio de D. Esteban Santana Moreno, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 80.3 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, se le notifica el trámite de Vista y Audiencia del expediente de caducidad de la autorización que le fue concedida para alumbrar aguas subterráneas en terrenos particulares, en el lugar conocido por Barranquillo de D. Julián, del término municipal de Moya (Gran Canaria).
En el plazo de 10 días, a contar del siguiente al de la publicación de esta notificación, los interesados podrán manifestar por escrito ante el Servicio Hidráulico de Las Palmas, lo que consideren conveniente en defensa de sus intereses.
Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de abril de 1992.- El Jefe del Servicio, Juan Carlos Ibrahim Perera.
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