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La reestructuración de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias operada por el Decreto 147/1991, de 17 de julio, hace necesaria la modificación de la composición de la Comisión de Vivienda regulada en el artículo 3 del Decreto 63/1989, de 25 de abril, de adjudicación de viviendas de promoción pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, al objeto de adecuarla a la vigente distribución de funciones.
En su virtud, a propuesta conjunta del Presidente y del Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 20 de marzo de 1992,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Se modifica la composición de la Comisión de Vivienda prevista en el artículo 3.1 del Decreto 63/1989, de 25 de abril, suprimiendo como Vocal de la misma al Secretario General Técnico de la extinta Consejería de Hacienda, y designando Vocal al Director General de Patrimonio y Contratación de la Consejería de Economía y Hacienda.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de marzo de 1992.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Jerónimo Saavedra Acevedo.
EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, VIVIENDA Y AGUAS, Ildefonso Chacón Negrín.
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