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A la vista del expediente que, con arreglo a las prescripciones del Decreto 123/1990, de 29 de junio, por el que se regula el procedimiento a seguir para la aprobación, por la Comunidad Autónoma de Canarias, de escudos heráldicos, blasones y banderas de las islas y municipios del Archipiélago (B.O.C. núms. 95 y 117), se ha instruido para la aprobación del pendón del municipio de La Guancha (Isla de Tenerife); en el ejercicio de la competencia atribuida a este Departamento en el artículo 2.3 del citado texto legal,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Aprobar el pendón del municipio de La Guancha (Isla de Tenerife), cuyo dibujo figura como anexo, según la siguiente descripción:
A) Paño de seda o raso verde esmeralda vez y media (1 y 1/2) más largo que ancho.
B) En el centro un rectángulo de seda o raso blanco, y cuyo largo ha de ser dos tercios (2/3) del ancho del pendón, y 5/9 de éste para el ancho.
C) En el centro de este paño blanco habrá de ir bordado en sus esmaltes y metales el Escudo Heráldico Municipal ocupando toda su superficie.
D) Borde de flecos de seda torcidos de plata y sinople (verde) de 8 cm de largo, bordeando todos los extremos del pendón, a excepción del que va unido al asta.
E) De la parte superior del asta penden dos cordones de 3 m cada uno rematados en su parte inferior por dos borlas, igualmente de hilos de plata y sinople, para ser portados por miembros de la Corporación, en los desfiles donde acuda ésta con el pendón.
Su uso se realizará de conformidad con la normativa en vigor.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de diciembre de 1991.
EL CONSEJERO DE
LA PRESIDENCIA,
Manuel Antonio Hermoso Rojas.
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