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BOC Nº 123. Miércoles 18 de Septiembre de 1991 - 1373

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Educación, Cultura y Deportes

1373 - ORDEN de 3 de septiembre de 1991, por la que se convocan plazas de Educadores-Colaboradores Becarios para Residencias Escolares.

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Por esta Consejería se han venido convocando en años anteriores plazas de Educadores-Colaboradores Becarios para las Residencias Escolares. Ante los positivos resultados que la experiencia ha supuesto tanto para los Educadores-Colaboradores Becarios como para los alumnos de las Residencias, esta Consejería ha dispuesto:

Primero.- Se convocan 35 plazas de Educadores-Colaboradores Becarios, para el curso 1991/92 en Residencias Escolares: 15 plazas para la Residencia Escolar Las Palmas; 16 para la Residencia Escolar Pedro García Cabrera de La Laguna y 4 para la Residencia Escolar Virgen de Candelaria de Santa Cruz de Tenerife.

Segundo.- Es requisito indispensable para participar en la presente convocatoria, estar cursando estudios superiores de Facultad Universitaria, Escuela Técnica Superior o Escuelas Universitarias.

Tercero.- Es incompatible con la concesión de esta beca el ser funcionario o desarrollar cualquier actividad remunerada.

Cuarto.- Los interesados deberán cumplimentar la solicitud que figura como anexo, y que deberá ser presentada en la Residencia Escolar para la cual solicita la plaza.

Quinto.- Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Consejo de Residencia seleccionará de entre ellas el número correspondiente al de plazas a cubrir y elevará la propuesta correspondiente a la Dirección General de Promoción Educativa de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Sexto.- El plazo de presentación finaliza a los quince días de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Séptimo.- La concesión de la beca comporta alojamiento y manutención gratuitos en la Residencia durante el curso escolar 1991/92.

Octavo.- La condición de Educador-Colaborador Becario comporta para éste la obligación de desarrollar las tareas que la Dirección de la Residencia Escolar le encomiende en relación con la atención de los alumnos-residentes acogidos en la Residencia Escolar, durante sus horas no lectivas y actividades extraescolares, así como el cumplimiento de los servicios nocturnos que le sean fijados por la Dirección de la Residencia. El cumplimiento de tales obligaciones deberá realizarse de forma que resulte compatible con el aprovechamiento académico del propio Becario.

Noveno.- Para la adjudicación de plazas se procederá del modo siguiente:

a) Los Consejos de Residencias en las que se convocan plazas, examinarán y valorarán las solicitudes recibidas, de acuerdo con los siguientes criterios: - Conocimientos culturales, deportivos, musicales, etc.

- Motivo de la solicitud.

- Expediente académico.

- Situación económica/familiar.

- Haber sido alumno-residente.

- Haber sido Educador-Colaborador Becario y tener informe positivo sobre la labor realizada.

b) Se confeccionará una relación, por orden de preferencia, de solicitudes recibidas en la Residencia. Esta propuesta junto con el acta de la reunión y las solicitudes, debe tener entrada en la Dirección General de Promoción Educativa antes de que transcurran 15 días naturales, a partir del siguiente al cierre del plazo para entregar las instancias, correspondiendo a la Dirección General de Promoción Educativa la resolución definitiva, que será comunicada a los Directores de las Residencias y a los propios interesados.

Décimo.- La condición de Educador-Colaborador Becario se pierde sin que el ejercicio de esta colaboración genere derecho de ningún tipo:

a) A la finalización del curso escolar de los alumnos-residentes.

b) Por incumplimiento de sus obligaciones, a propuesta del Director de la Residencia.

c) Por comprobación de falsedad o incumplimiento de cualquiera de los datos consignados en su solicitud.

d) Por incumplimiento del Reglamento de Régimen Interno de la Residencia. DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de septiembre de 1991. EL CONSEJERO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, José Antonio García Déniz.

A N E X O

1.- DATOS DEL SOLICITANTE

Apellidos .................................................., nombre .............................., D.N.I. nº ......................, fecha de nacimiento ........................, lugar de nacimiento ..........................., domicilio familiar ....................................................................., teléfono ...................., estado civil .............................. .

2.- PLAZA QUE SOLICITA

Residencia Escolar: ........................................................... .

3.- DATOS ACADEMICOS

Títulos que posee: ............................................................. .

Estudios realizados en el curso 1990/91: ............................ .................................................................................................. .

Calificaciones obtenidas en el curso 1990/91: .................. .

Centro en donde los ha realizado: ..................................... .

Estudios a realizar en el curso 1991/92: ............................. .................................................................................................. .

4.- OTROS CONOCIMIENTOS O TITULOS ACREDITADOS (musicales, deportivos, etc.)

5.- RAZONES POR LAS QUE SE SOLICITA LA PLAZA

6.- ¿FUE BECARIO EN EL CURSO ESCOLAR 1990/91?

7.- ¿HA SIDO ALUMNO-RESIDENTE EN RESIDENCIAS ESCOLARES?

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