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BOC Nº 091. Miércoles 10 de Julio de 1991 - 999

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - C.la Presidencia

999 - ORDEN de 8 de julio de 1991, por la que se dispone ampliar la Orden de 24 de junio de 1991, que convocó concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, vacantes en las Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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Habiéndose omitido en la convocatoria de concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, vacantes en las Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Canarias, Orden de 24 de junio de 1991 (B.O.C. nº 85, de 28.6.91), el Tribunal y baremos específicos de las plazas de Secretaría de 1ª y Secretaría de 2ª, Vicesecretaría, Ayuntamiento de La Orotava.

Y ante la exigencia de proceder a la ampliación de la nombrada Orden, por medio de la presente, en uso de las facultades que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Ampliar la Orden de la Consejería de la Presidencia de 24 de junio de 1991, al objeto de que sea incluido el Tribunal y los baremos específicos de las plazas de Secretaría de 1ª y Secretaría de 2ª, Vicesecretaría, Ayuntamiento de La Orotava, en los términos que a continuación se especifican:

TRIBUNAL

La Orotava: Presidente.- El de esta Ilustrísima Corporación o Concejal en quien delegue.

Vocales.- Tres Técnicos de Administración General de la propia Corporación.

Secretario.- El de la Corporación o persona en quien delegue.

BAREMOS ESPECIFICOS

SECRETARIAS DE 1ª VACANTES.

SANTA CRUZ DE TENERIFE.

1058 - Ayto. La Orotava.

Primero.- Por conocimiento de la práctica judicial en el ejercicio de la Abogacía, como Abogado colegiado, 1,50 puntos por año, hasta un máximo de 6 puntos.

Segundo.- Cursos y diplomas: los cursos y diplomas a que se refiere este apartado, solo serán objeto de puntuación cuando hayan sido convocados o impartidos por Institutos o Escuelas Oficiales de Funcionarios.

1. Curso de perfeccionamiento sobre la Ley de Costas de al menos 40 horas lectivas, 1 punto (se valorará un solo curso).

2. Cursos sobre Régimen Jurídico de Administración de Parques Nacionales de al menos 40 horas lectivas, 0,5 puntos (se valorará un solo curso).

SECRETARIAS DE 2ª VACANTES.

SANTA CRUZ DE TENERIFE.

2075 - Ayto. La Orotava (Vicesecretaría)

Primero.- Por conocimiento de la práctica judicial en el ejercicio de la Abogacía, como Abogado colegiado, 1,50 puntos por año, hasta un máximo de 6 puntos.

Segundo.- Cursos y diplomas: los cursos y diplomas a que se refiere este apartado, solo serán objeto de puntuación cuando hayan sido convocados o impartidos por Institutos o Escuelas Oficiales de Funcionarios.

1. Curso de perfeccionamiento sobre la Ley de Costas de al menos 40 horas lectivas, 1 punto (se valorará un solo curso).

2. Cursos sobre Régimen Jurídico de Administración de Parques Nacionales de al menos 40 horas lectivas, 0,5 puntos (se valorará un solo curso).

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de julio de 1991.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, en funciones, Vicente Alvarez Pedreira.

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