Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 079. Viernes 14 de Junio de 1991 - 854

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - C.Educación, Cultura y Deportes

854 - ORDEN de 27 de mayo de 1991, por la que se modifican las vacantes y los plazos de ejecución de la segunda fase del concurso de traslados 1990/91 entre profesores de Educación General Básica.

Descargar en formato pdf

Por Orden de 24 de octubre de 1990 (B.O.C. nº 142, de 14.11.90), de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes se hicieron públicas convocatorias de puestos de trabajo en centros públicos de Preescolar, Educación General Básica y Educación Especial previstas en el Real Decreto 895/1989, de 14 de julio.

En el número 2.2 de la citada Orden, en su base V, punto 2, y en la base VI se establecen plazos de solicitudes y de publicación de listas de concursantes y calendario que afecta a la resolución de la segunda fase del concurso.

Dado que la resolución del concurso de traslados entre profesores de Educación General Básica ha experimentado retrasos en cuanto al calendario inicialmente previsto, repercutiendo en el mismo sentido en todo el procedimiento y, consiguientemente, en la resolución de la segunda fase, prevista en la convocatoria, en evitación de los perjuicios que podría ocasionar a los concursantes el desarrollo de dicha segunda fase dentro del periodo de vacaciones estivales y a la propia Administración en cuanto se refiere a la organización del comienzo del próximo curso académico, así como la planificación resultante de la inscripción de alumnos que afecta a las vacantes a proveer,

Esta Consejería

D I S P O N E:

1.- Las listas de adjudicación definitiva de la primera fase del concurso así como las indicadas en la base VI, citada, se harán públicas en las Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de Educación.

2.- El plazo indicado en el punto 2 de la base V para presentar peticiones de centros por los concursantes que no puedan acudir al acto público de adjudicación y para los participantes en la primera fase del concurso que no habiendo obtenido nueva zona deseen ejercitar el derecho de movilidad en la suya con arreglo a la convocatoria, queda fijado en diez días naturales a partir de la fecha de publicación aludida en el número 1 anterior.

3.- A partir de la publicación de las listas aludidas en la base VI, mencionada anteriormente, de la citada convocatoria, el plazo para la subsanación de errores queda fijado en dos días hábiles.

4.- Hacer públicas las listas de vacantes, por zona y especialidad, que serán adjudicadas en el concurso de traslados a que nos venimos refiriendo, en anexo a la presente. 5.- Facultar a la Dirección General de Personal para modificar plazos y dictar instrucciones en la resolución del citado concurso.

Contra esta Orden podrá interponerse recurso de reposición ante esta Consejería, previo al contencioso-administrativo, de acuerdo con el contenido del artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de mayo de 1991.

EL CONSEJERO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, en funciones, Juan M. García Ramos.

© Gobierno de Canarias