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Visto el testimonio de la Sentencia declarada firme, dictada el 29 de noviembre de 1990, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, en el recurso nº 320/89, interpuesto por la Confederación Sindical Independiente de Funcionarios (C.S.I.F.) contra Decreto 36/1989, de 16 de marzo, por el que se aprobó la Oferta de Empleo Público de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1989, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallamos:
Que con desestimación del presente recurso, debemos confirmar el acto recurrido por ser conforme a Derecho. Sin costas.
Vistos los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y demás normas de general aplicación.
El Consejero de la Presidencia, en uso de las facultades que tiene legalmente reconocidas,
R E S U E L V E:
Cumplir en sus propios términos la referida Sentencia, lo que se hará público en el Boletín Oficial de Canarias para general conocimiento.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de enero de 1991.
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pedreira.
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