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Se hace saber a "Electrónicos Cruz y Rodríguez, S.L.", con N.I.F. B-38060158, titular de la empresa operadora nº 31 Provincial, que se halla en ignorado paradero, que ha sido resuelto el expediente sancionador que se ha incoado por la Dirección General de Justicia e Interior, Consejería de la Presidencia, con el nº 16/90, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, recayendo Orden del Consejero de la Presidencia por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por D. Antonio Cruz Chávez, contra la Resolución del Director General de Justicia e Interior de 26 de julio de 1990, por la que se le impone la multa de cien mil pesetas, por no encontrarse, en el momento de levantar el Acta de Infracción, en el bar Yaracuy, sito en la calle Obispo Pérez Cáceres, 55, Candelaria, los correspondientes Boletines de Instalación de las máquinas recreativas tipo "B", TF-B-4490 y TF-B-4498.
Contra la citada Orden, que no agota la vía administrativa, podrá interponer ante esta Consejería, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio y contra su desestimación, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir de la notificación de la desestimación del recurso de reposición, si ésta fuera expresa o un año desde su interposición si no lo fuera, en virtud del artº. 52 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de noviembre de 1990.- El Director General de Justicia e Interior, Antonio Cruz Caballero.
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