Estás en:
Por Real Decreto 1.299/1990, de 26 de octubre, se traspasaron a la Comunidad Autónoma de Canarias los medios personales, presupuestarios y patrimoniales adscritos al ejercicio de las facultades delegadas por la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, en relación con los transportes por carretera y por cable.
En su virtud, a propuesta del Presidente y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 8 de noviembre de 1990,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Se asignan a la Consejería de Turismo y Transportes los medios personales, presupuestarios y patrimoniales adscritos al ejercicio de las facultades delegadas por la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, en relación con los transportes por carretera y por cable, que han sido traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 1.299/1990, de 26 de octubre.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 8 de noviembre de 1990.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Lorenzo Olarte Cullen.
© Gobierno de Canarias