Estás en:
Advertidas algunas omisiones en la Orden de 7 de mayo de 1990 (B.O.C. nº 63, de 21.5.90), por la que se convocan ayudas para la dotación de libros escolares y material didáctico impreso a centros de Educación General Básica y dada la fecha de su publicación y plazo de presentación coincidente con el fin de curso así como el aumento de los créditos correspondientes a la incorporación de remanentes del ejercicio presupuestario anterior, se propone la siguiente modificación:
1.- Las partidas a que se imputan los créditos asignados son: 90.18.06.321A.4800004.89483E01
Dotación libros y material didáctico 54.342.248
90.18.06.321A.4800004.89483F01
Dotación libros y material didáctico 720.200 90.18.06.321A.4800004.88280801
Subv. adquisición libros y material 50.821.433
90.18.06.321A.4800004.88272101
Gratuidad textos y material didáctico 2.426.741 Total 108.310.622
2.- Las ayudas se transferirán a los centros públicos, siendo el Consejo Escolar, al amparo del apartado h, del artículo 42 de la L.O.D.E. el responsable de la aplicación del gasto. A tal efecto por parte de la Dirección de los centros se deberá enviar a la Dirección General de Promoción Educativa, listado de todos los alumnos beneficiarios de las ayudas y copia de las facturas que se deriven de la aplicación del gasto, antes del 31 de diciembre de 1990.
3.- Se abre nuevo plazo para la presentación de solicitudes, que será de quince días a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente modificación.
Santa Cruz de Tenerife, a 9 de agosto de 1990.
EL CONSEJERO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, Juan M. García Ramos.
© Gobierno de Canarias