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Por Orden de este Departamento de 23 de marzo de 1990 (B.O.C. nº 39, de 30.3.90), se reguló la concesión de subvenciones para la instalación, en cabinas de ascensores, de puertas interiores, sistemas autónomos para el alumbrado de emergencia y dispositivos de petición de socorro, estableciéndose en su artículo 7º, apartado a), párrafo 3, que el importe total de la subvención es de cincuenta millones (50.000.000) de pesetas, correspondientes a la partida presupuestaria 15.03.722A.780.00 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 1990, P.I.: 89.7153.01.
Ante la posibilidad de incrementar dichos créditos y atender a un mayor número de solicitudes, se considera conveniente aumentar la dotación de los créditos previstos para este fin.
En su virtud, a propuesta del Director General de Industria,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Se modifica el artículo 7º, apartado a), párrafo 3, de la Orden de 23 de marzo de 1990, sobre concesión de subvenciones para la instalación, en cabinas de ascensores, de puertas interiores, sistemas autónomos para el alumbrado de emergencia y dispositivos de petición de socorro, estableciéndose que la subvención es por un importe de cincuenta y nueve millones novecientas sesenta mil quinientas cincuenta y siete (59.960.557) pesetas, consignados cincuenta millones (50.000.000) de pesetas en la partida presupuestaria 90.15.03.722A.780.00, P.I.: 89.7153.01, y nueve millones novecientas sesenta mil quinientas cincuenta y siete (9.960.557) pesetas en la partida presupuestaria 90.15.03.722A.783.00(02), P.I.: 89.7153.01.
Santa Cruz de Tenerife, a 8 de junio de 1990.
EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y ENERGIA, Manuel Fernández González.
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