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En el recurso contencioso-administrativo seguido a nombre de D. José M. Rodríguez López, versando sobre acto presunto de la Administración de denegación, por silencio administrativo, de solicitud del recurrente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en fecha 14 de febrero de 1990, ha dictado la Sentencia cuyo fallo es el siguiente:
"Fallo:
Que sin apreciar causa de inadmisibilidad debemos estimar el recurso, anulando el acto presunto recurrido por ser contrario a Derecho, declarando el derecho del recurrente a que se le adjudique una vivienda en el colegio público "Las Delicias", de Santa Cruz de Tenerife; asimismo se declara el derecho del recurrente a ser indemnizado en la cuantía que se determine en ejecución de Sentencia." En su virtud,
Esta Consejería ha dispuesto que se cumpla la citada Sentencia en sus propios términos.
Santa Cruz de Tenerife, a 6 de junio de 1990.
EL CONSEJERO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, Juan M. García Ramos.
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