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BOC Nº 024. Viernes 23 de Febrero de 1990 - 211

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.la Presidencia

211 - DECRETO 3/1990, de 9 de enero, por el que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada por el Cabildo Insular de Tenerife, con motivo de las obras del "Proyecto de mejora de trazado de la TF-6226 de Aldea Blanca a La Camella (tramo Buzanada TF-621), fases I y II".

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Examinado el expediente tramitado a instancia del Cabildo Insular de Tenerife, para declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la realización de las obras del "Proyecto de mejora de trazado de la TF-6226 de Aldea Blanca a La Camella (tramo Buzanada TF-621), fases I y II", teniendo en cuenta la acreditación que, de los requisitos exigidos para aprobar tal declaración, se hace en dicho expediente como son:

1.- La necesidad de la ocupación de los bienes y derechos afectados por su destino al uso público y su urgencia motivada por:

La obra tiene como fin lograr una suavización del trazado actual, ampliando radios de alineaciones curvas o eliminándolos, a lo cual se añade una ampliación de la anchura de la calzada, la rectificación del trazado en alzado y la previsión de los peraltes adecuados, con lo que se lograría una mayor seguridad vial. Lo que es más importante, se obtiene en las zonas urbanas por donde discurre la vía una mayor seguridad peatonal, toda vez que la misma se encuentra encajonada entre muros, lo que obliga al tráfico peatonal a invadir la calzada con el riesgo que ello conlleva.

2.- La definición y situación de los bienes y derechos afectados por las obras resultan idóneas para el objeto pretendido, según se desprende del expediente aportado por el Cabildo. 3.- Se ha oído a los titulares de los bienes y derechos afectados, en el periodo de información pública (B.O.P. nº 96, de 9.8.86), no habiéndose podido practicar individualmente las notificaciones al desconocerse los domicilios de los afectados, supliéndose tal carencia al haberse realizado la notificación simultáneamente por edicto en el B.O.P. y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de San Miguel de Abona y Arona sin que se hubieran producido reclamaciones, habiéndose sometido nuevamente a información pública en los BB.OO.P. números 125 y 142, de 16 de octubre y 24 de noviembre de 1989, no presentándose reclamación alguna.

En el ejercicio de la competencia prevista en el apartado B.4.3 del anexo I del Real Decreto 2.613/1982, de 24 de julio, y los artículos 94 y 110 del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, del Gobierno de Canarias, en relación con los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 9 de enero de 1990,

S E A C U E R D A

Uno.- Declarar, a solicitud del Cabildo Insular de Tenerife, urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la ejecución de las obras del "Proyecto de mejora de trazado de la TF-6226 de Aldea Blanca a La Camella (tramo Buzanada TF-621), fases I y II", carretera que figura en el "Catálogo General de la Red Insular de Carreteras", con los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Los bienes y derechos cuya ocupación se declara urgente quedan descritos, de forma individualizada y con indicación de sus titulares, en el anexo del presente Decreto.

Dos.- Los interesados podrán formular, ante el Organismo expropiante y hasta el momento del Levantamiento de las correspondientes Actas Previas, alegaciones a los únicos efectos de subsanar posibles errores materiales en la enumeración o descripción de los bienes o derechos afectados.

Tres.- Contra el presente acto de trámite en el procedimiento de expropiación, podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación. Y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso, o de un año desde su interposición, si no lo fuere expresamente.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 9 de enero de 1990.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Lorenzo Olarte Cullen.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pedreira.

A N E X O

Bienes y derechos cuya ocupación se declara urgente al estar afectados por las obras de ejecución del "Proyecto de mejora de trazado de la TF-6226 de Aldea Blanca a La Camella (tramo Buzanada TF-621), fases I y II".

TERMINO MUNICIPAL DE ARONA

Propietarios Polígono Parcela Superficie ocupada m2

Mª Dolores Bello Alfonso. 5 15 1236 Manuel, Rosalía y Luciano Parejo Alfonso. 4 8 548 Edelmira Alfonso Alfonso. - 252 214 Edelmira Alfonso Alfonso. - 6 1238 Edelmira Alfonso Alfonso. - 5 3124 Desconocido. - 3 373 Mª Teresa Alfonso Alfonso. 3 61 1295 Edelmira Alfonso Alfonso. - 60 138 Desconocido. 5 - 204 Isabel Mena Rodríguez. 5 41 2150 José Reverón Pérez. 6 638 274 Isabel Toledo García. - 777 139 Juan Toledo Valentín. - 639 167 Angel Cabrera Pérez. - 640 488 José Martín García. 5 49 610 Desconocido. 4 100 88 Isidro Ramal García. 6 642 120 Luis González Tacoronte. 6 646 57 Manuel Martín Méndez. 5 58 26 Luis González Toledo. 6 646 32 Lucio Rodríguez Gómez. - 650 770 Luis González Tacoronte. - 649 109 Luciano Bello Alfonso. - 768 4947 José Miguel Galván Bello. - 766 1976 Florentín Castro Díaz. 5 63 85 Miguel Hernández Gómez. - 64 90 Ildefonso Bello Bello. - 349 631 José Miguel Galván Bello. 6 766 6645 Ildefonso Bello Bello. 5 357 898 José Miguel Galván Bello. - 356 3698

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