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El art°. 4° del Decreto 5611986, de 4 de abril, por el que se planifican los juegos y las apuestas en Canarias, establece que la "concesión de autorizaciones para la instalación de otros casinos planificados en el presente Decreto, se realizará mediante concurso público".
Por su parte, la Disposición Transitoria Primera del citado Decreto establece que la "convocatoria del concurso público a que hace referencia el artículo 4°, se realizará en el plazo de un mes" a partir de la publicación del mencionado Decreto.
Teniendo en cuenta que, en virtud de la Orden de 29 de diciembre de 1987 que estimó en parte el recurso de reposición contra la Orden de la Consejería de la Presidencia, de fecha 15 de enero de 1987, se resolvió, entre otros extremos, conservar, por razones de interés público y equidad, la autorización provisional contenida en el apartado segundo de la Orden de esta Consejería de 15 de enero ya referenciada, a Gran Casino dc Las Palmas, S.A., a instalar un Casino de Juego en las dependencias del Hotel Santa Catalina, con las condiciones que se establecían en el anexo de la citada Orden, en tanto se autorizara la apertura definitiva del Casino objeto dc nuevo concurso, se está en el caso, a tenor del artículo 2, en relación con el 4' de la norma planificadora que abre la posibilidad de conceder una nueva autorización que sustituya a la provisionalmente autorizada, dc convocar concurso para la adjudicación de la autorización definitiva de instalación y apertura de un Casino de Juego a localizar en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, y habiendo quedado anulada por la misma Orden de 29 de diciembre de 1987, la autorización del Casino en los edificios Elder y Miller, y en uso de las facultades atribuidas a este Consejero por el artículo 5' de la repetida Disposición Territorial, por la presente, visto el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de fecha 9 de junio de 1989, por el que se transfirieron a la Comunidad Autónoma de Canarias las facultades de promover concurso para adjudicar el servicio de explotación hotelera que se realiza en las instalaciones de propiedad municipal del "Hotel Santa Catalina", y de acuerdo con el convenio suscrito en fecha 14 de julio de 1989 entre esta Consejería de la Presidencia y el Alcalde del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para regular las condiciones de este concurso,
RESUELVO:
1°.- Se convoca concurso público para la autorización definitiva de apertura y funcionamiento de un Casino de Juego, en la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaiia, conforme a las bases que constan en el anexo I. 2°.- Se convoca concurso público para la adjudicación del uso de un local, para la instalación de Casino dc Juego en el "Hotel Santa Catalina" y de la explotación de la actividad empresarial que se realiza en dicho Hotel, conforme a las bases que constan en el anexo II.
Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de julio de 1989.
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pedreira
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