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Visto lo dispuesto en los artículos 3.1, 4 y 6 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Vistos los artículos 93 y siguientes de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.
Considerando oportuno que, en la persona que desempeñe el cargo de Director del Instituto Canario de la Administración Pública, concurra una vinculación con el ámbito docente e investigador universitario del Derecho Público.
Vistas las demás disposiciones de aplicación, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Gobierno, en su reunión del día 1 de junio de 1989, D I S P 0 N G O: Artículo único.- Se declara de interés público la compatibilidad para el ejercicio de actividades de investigación y docencia en el campo del Derecho Público, en la Facultad de Derecho de la Universidad de La Laguna, del Director del Instituto Canario de la Administración Pública Don Jaime Rodríguez-Araña Muñoz.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 1 de junio de 1989. EL PRESIDENTE DEL,GOBIERNO, Lorenzo Olarte Cullen. EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pedreira.
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