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BOC Nº 027. Miércoles 22 de Febrero de 1989 - 138

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de La Presidencia

138 - ORDEN de 17 de febrero de 1989, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de plazas de Agentes Forestales vacantes en la Consejería de Política Territorial.

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Hallándose vacantes en la Consejería de Política Territorial las plazas de Agentes Forestales que se relacionan en el anexo 1, resulta procedente la correspondiente convocatoria para su provisión, por lo que de conformidad con lo establecido en el art. 30, 2 de la Ley Territorial 2/87, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria y en uso de la competencia que le atribuye el art°. 77, 1 de dicha Ley, esta Consejer a resuelve convocar concurso de méritos con arreglo a las siguientes B A S E S: Primera.- Podrán tomar parte en este concurso los funcionarios de carrera pertenecientes al cuerpo de Agentes Forestales (Grupo D) que presten sus servicios en la Administración de esta Comunidad Autónoma o en la Administración del Estado.

Segunda.- Podrán participar en esta convocatoria los funcionarios comprendidos en la base primera que hayan permanecido en su actual puesto de trabajo durante un periodo de un año si prestan servicios en la Administración de esta Comunidad Autónoma, o de dos años si los prestan en la Administración del Estado.

Tercera.- Los destinos obtenidos a través del presente concurso son irrenunciables. No se admitirán renuncias una vez transcurrido el plazo a que se refiere la base siguiente.

Cuarta.- Quienes deseen tomar parte en el concurso convocado deberán dirigir solicitud a esta Consejer a en instancia ajustada al modelo que se inserta como anexo II. El plazo de presentación de las instancias será el de quince d as hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el boletín Oficial de Canarias y podrán presentarse en la Dirección General de la Función Pública instalada en el edificio Hamilton CI. La Majina, n' 7, 19 Santa Cruz de Tenerife y en las Oficinas Centrales de Registro sitas en los Edificios Administrativos de Usos Múltiples, Plaza de los Derechos Humanos, s/n en Las Palmas de Gran Canaria y Avenida de Anaga, n9 35, en Santa Cruz de Tenerife.

Igualmente podrán presentarse en las Oficinas de Correos (en la forma prevista en el art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo) y en los Cabildos Insulares (Decreto 100185 de 19 de abril).

Quinta.- Los funcionarios que deseen participar en este concurso y estén prestando servicios en la Administración del Estado deberán acompañar a la instancia justificante de haber comunicado a la Jefatura de Personal de la que dependa su actual destino, su deseo de participar en el concurso.

Sexta.- Sólo se valorarán los méritos y condiciones invocados en la solicitud y que sean debidamente acreditados por los solicitantes por cualquiera de los medios establecidos en Derecho.

No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la consecución de otros de nivel superior que se aleguen como mérito.

Séptima.- La valoración de los méritos se hará conforme al baremo de puntuación que figura en el anexo 111 debiendo obtenerse una puntuación mínima de 1 punto para que pueda adjudicarse la vacante solicitada.

Octava.- La Comisión de Evaluación estará presidida por el Secretario General Técnico de la Consejer a de política Territorial o persona en quien delegue, un vocal designado por la Dirección General de la Función Pública y dos vocales funcionarios de carrera de igual o superior nivel de titulación de los puestos a cubrir.

Estarán presentes dos representantes designados por las Organizaciones Sindicales más representativas en el ámbito de la Función Pública de la Comunidad Autónoma.

Novena.- Efectuada la valoración de los méritos, el Presidente de la Comisión de Evaluación remitirá a esta Consejerfa, por conducto de la Dirección General de la Función Pública, la correspondiente propuesta de adjudicación de plazas, de acuerdo a los méritos de los concursantes, acompañada de las Actas de la Comisión y de toda la documentación examinada.

Décima.- La resolución del concurso se efectuará por esta Consejer a mediante Orden que se publicará en el boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de febrero de 1989.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pedreira.

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