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BOC Nº 151. Lunes 28 de Noviembre de 1988 - 2762

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad, Trabajo y Servicios Sociales

2762 - RESOLUCION de 24 de noviembre de 1988, de la Dirección General de Asistencia Sanitaria, por la que se convoca un curso de Directores de Hospitales correspondiente al curso académico 1988-89.

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Dentro de sus actividades formativas, la Consejería de Sanidad, Trabajo y Servicios Sociales, de acuerdo con el punto sexto de la Resolución de 19 de octubre de 1988 del Instituto de Salud "Carlos III" (B.O.E. n° 274, de 15 de noviembre de 1988) y de acuerdo con los principios de divulgación y capacitación, organiza diversos cursos para profesionales sanitarios. Conforme a dichos principios, la Dirección General de Asistencia Sanitaria ha resuelto convocar el correspondiente curso de Directores de Hospitales, homologado por la Escuela Nacional de Sanidad, con las siguientes bases:

1.- Requisitos: Licenciados o Doctores de Medicina y Cirugía residentes en la Comunidad Autónoma de Cananas.

2.- Duración: cuatrocientas horas lectivas teórico-prácticas más un periodo de prácticas hospitalarias de dos meses de duración. Durante el desarrollo del curso los alumnos deberán realizar un trabajo o tesina, bien individualmente o en grupos de tres alumnos, como máximo, sobre temas de Dirección Hospitalaria acordados con la dirección del curso.

3.- Número de plazas: treinta (30).

4.- La Consejería de Sanidad, Trabajo y Servicios Sociales, en razón al derecho dc formación profesional, se reserva diez (10) plazas para funcionarios de la misma que realicen tareas en Organos Administrativos de Gestión y Planificación Sanitaria de la Consejería, facilitando esta, tanto administrativa como económicamente, la asistencia de aquéllos que resultaran admitidos al curso.

5.- El plazo de presentación de solicitudes estará comprendido dentro de los 15 días hábiles contados a partir del siguiente día, también hábil, al de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

6.- La solicitud se efectuará en instancia dirigida al lltmo. Sr. Director General de Asistencia Sanitaria, con arreglo al modelo que se incluye como anexo 1, acompañando la documentación acreditativa de los méritos generales y especiales que figuran en el mismo, certificación oficial de residencia en la Comunidad Autónoma de Cananas y acreditación de estar colegiado en el Colegio Oficial correspondiente.

7.- Las instancias podrán enviarse a las Sedes de la Dirección General de Asistencia Sanitaria (Rambla General Franco, 53, en Santa Cruz de Tenerife y C/ Alfonso Xlll, en Las Palmas de Gran Canaria), en la Secretaría General Técnica de la Consejería, sita en la Rambla General Franco, 53, de Santa Cruz de Tenerife y en cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

8.- En el plazo de 5 días naturales, contados a partir del siguiente día hábil a aquél en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, se constituirá en las dependencias de la Dirección General de Asistencia Sanitaria, un Tribunal a efectos de valorar los méritos esgrimidos y acreditados en las solicitudes entre los determinados en el anexo 1 de la presente convocatoria. Dicho Tribunal tendrá una composición impar y será designado por el Titular del Departamento y publicado en el Boletín Oficial de Cananas.

9.- La relación provisional de admitidos al curso se hará pública por la Dirección General de Asistencia Sanitaria al siguiente día hábil del plazo a que se refiere la base 8, en el tablón de anuncios de dicha Dirección General (Rambla General Franco, 53, en Santa Cruz de Tenerife y C/ Alfonso Xlll, en Las Palmas de Gran Canaria), pudiendo los interesados formular reclamación ante la Dirección General citada, en el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente hábil en que sea publicada la relación provisional.

Transcurrido este plazo de diez días, la Dirección General de Asistencia Sanitaria elevará la relación provisional a definitiva, contra la cual podrá formularse recurso de alzada ante el Excelentísimo Señor Consejero de Sanidad, Trabajo y Servicios Sociales en la forma y plazos que establece la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958.

1 0.- El curso se desarrollará en las sedes de la Dirección General de Asistencia Sanitaria ya mencionadas, donde deberán trasladarse los alumnos admitidos, previa la oportuna citación.

1 1.- El curso constará de los siguientes módulos:

1.- SALUD PUBLICA

2.- FUNCION DIRECTA

3.- GESTION DE RECURSOS HUMANOS

4.- GESTION DE SERVICIOS SANITARIOS

5.- GESTION DE SERVICIOS DE ENFERMERIA

6.- LEGISLACION SANITARIA

7.- SOCIOLOGIA DE LA SALUD Y PSICOLOGIA

8.- INGENIERIA Y ARQUITECTURA HOSPITALARIA

9.- ESTADISTICA E INFORMATICA

10.- ECONOMIA DE LA SALUD Y CONTABILIDAD 12.- La Dirección General de Asistencia Sanitaria podrá adoptar las medidas precisas para el cumplimiento de esta Resolución y para el buen desarrollo de cada una de las actividades del citado curso.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de noviembre de 1988.- El Director General de Asistencia Sanitaria, Juan José García Hernández.

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