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Por Doña Mercedes, Doña Delia y Doña Dulce Sagrario Gómez Afonso, vecinas de Los Llanos de Aridane, fue solicitado el deslinde del Barranco de Tenisca en el tramo que linda con su propiedad en una longitud de unos 25 metros inmediatamente aguas abajo del cruce con la carretera a Puerto Naos; todo ello dentro del término municipal de Los Llanos de Aridane, en la isla de La Palma.
Efectuado el amojonamiento definitivo a que se refiere el artículo 242.4 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril, se pone en conocimiento general por medio del presente anuncio, para que, a tenor de lo prescrito en el artículo 242.5 del citado Reglamento, puedan presentarse en este Servicio Hidráulico las reclamaciones que los interesados estimen oportuno formular, abriéndose para ello un plazo de veinte (20) días hábiles contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, durante el cual se encontrarán de manifiesto en estas dependencias (Edificio de Servicio Múltiple, Planta 9, Avda. Anaga, 35, de esta capital) los de>cumentos relativos al deslinde de que se trata.
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de julio de 1988.- El Director General de Aguas, Emilio Alsina Pérez.
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