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A la vista del expediente instruido para la aprobación del escudo heráldico municipal de El 'Tanque con arreglo a las normas contenidas en los artículos 186 y 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre; recabado el preceptivo informe de la Real Academia de la Historia y habiendo recaído el Acuerdo plenario de la Corporación que propone blasonarse de conformidad con lo previsto en el artículo 22.2.b) de la Ley de Bases de Régimen Local, en ejercicio de la competencia regulada en el artículo 99.2 del Real Decreto 462/86, de 14 de noviembre,
D 1 S P 0 N G O: Artículo único.- Aprobar el escudo Heráldico del municipio de el Tanque cuyo dibujo figura como anexo y que trae la siguiente organización: Maíitclado. l'. en campo de oro, un pino de sinople; 29. en campo de gules, un haz, de cinco espigas de trigo en oro; el mantel de azur con un monte de tres picos de sinople, perfilados de plata, por el que discurre un torrente hasta un estanque, al timbre, corona real cerrada. Su uso se realiza de conformidad con la normativa en vigor.
Santa Cruz de Tenerife, a 1 de julio de 19 8 8.
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Lorenzo Olarte Cullen.
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