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Vacante una plaza en la Consejería de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social, esta Dirección General, a propuesta de dicha Consejería y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 131/85, de 26 de abril, ha resuleto proveer las citadas vacantes y aprobar las bases por las que se ha de regir la convocatoria.
BASES Primera.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión por el procedimiento de concurso-oposición de una plaza de Médico Geriatra, con carácter interino, que a continuación se describen:
a) Medíco-geriatra - Titulación: Licenciado en Medicina. Número de plazas: 1 - Destino: Dirección General de Bienestar Social. Las Palmas.
Segunda.- Condiciones que deben reunir los aspirantes:
a) Ser español. b) Tener 18 años cumplidos. c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. d) Estar en posesión del título exigido. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
Tercera.- Ejercicios y méritos: A) En esta fase se valorarán los méritos que reúnan los aspirantes y hayan sido debidamente acreditados en el momento de presentación de la instancia, según el baremo siguiente.
1.- Expediente Académico: A) Por cada Notable: 0,10 puntos.
Por cada Sobresaliente: 0,20 puntos. Por cada Matrícula de Honor: 0, 30 puntos. Grado de Licenciatura: 0,50 puntos (0,50 puntos más si es con sobresaliente o premio extraordinario ). Tesina de Licenciatura sobre temas de Geriatría: 2,50 puntos,
Grado de Doctor: 5,50 puntos. Si es con premio extraordinario 1 punto más.
Tesis de doctorado sobre temas de Geriatría: 3 puntos.
B) Obtención de becas para realización de curso de licenciatura: 0,10 puntos por curso.
Obtención de beca para realización de curso de especialización o post-graduado: 0,15 puntos por año.
2.- Actividades Profesionales:
Título de médico especialista en Geriatría previaformación como residente: 5 puntos.
Título de Médico Especialista en Geriatría previa formación en Escuelas Profesionales con programa de docencia reconocido: 2 puntos. Curso de Diplomado en Sanidad: 0,60 puntos
Curso de Geriatría impartidos por organismos oficiales: a) hasta 32 horas: 0,30 puntos. b) más de 32 horas: 0,60 puntos. c) curso de Doctorado en temas relacionados con la Geriatría: 0,50 por cada uno hasta un máximo de 4.
Haber prestado servicios como Médico contratado, interino o en propiedad en la especialidad de Geriatría en Organismos sanitarios del Ministerio de Sanidad y Consumo, en las entidades Gestoras de la Seguridad Social, Administración Autonómica o orporación Local:
a) Como Médicao Geriatra 0,10 puntos, por mes, (hasta un maximo de 3). b) Como Médico Geriatra Adjunto: 0.20 puntos, por mes hasta un máximo de 4.
c) como médico Geriatra-Jefe de Servicio o departamento: 0,30 puntos por mes hasta un máximo de 5 puntos.
Haber prestado servicios como Médico contratado, interino o en propiedad en la especialidad de Geriatría en organismos sanitarios del Ministerio de Sanidad y Consumo, en las Entidades Gestoras de la Seguridad Social, Adniinistrición Autonómica o Corporación Local:
a) Como Médico Geriatra 0,10 puntos, por mes (hasta un máximo de 3).
b) Como Médico Geriatra Adjunto: 0,20 puntos, por mes hasta un máximo de 4.
c) Como Médico Geriatra-Jefe de Servicio o departamento: 0,30 puntos por mes hasta un máximo de 5 puntos.
Profesor de Facultad de Medicina en la especialidad de Geriatría:
a) Profesor colaborador o no numerario: 0,20 puntos por mes hasta un máximo de 3 puntos).
b) Profesor numerario: 0,30 punlos por mes (hasta un máximo de 3 puntos). Por trabajos científicos publicados o aportaciones sobre Geriatría (hasta un máximo de 3 puntos).
Si el trabajo es original: 0,50 puntos. Si es revisión: 0,25 puntos.
Impartición de cursos como Ponente o Profesor o participación en Mesas Redondas sobre temas de Geriatría, hasta un máximo de 2 puntos: 0,10 puntos por cada una.
B) Fase de oposición: Prueba escrita sobre las funciones a desarrollar con lectura pública ante el Tribunal.
La calificación de dicha prueba se puntuará de 0 a 10 puntos, debiendo obtener un mínimo de 5 punios.
Entrevista: Hasta un máximo de 5 puntos.
Estas puntuaciones se sanarán a la obtenida en la fase de concurso, lo que dará la calificación final.
Cuarta: Instancias y admisión. Las persona que deseen participar en la convocatoria deberán presentar una instancia dirigida a la lltma. Sra. Directora General de la Función Pública, cuyo modelo podrán retirar y presentar en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social, en la Rambla General Franco, 53, en Santa Cruz de Tenerife y en la Dirección General de Bienestar Social, Edificio de Usos Múltiples, planta 7°, Plaza de los Derechos Humanos, s/n en Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de 15 días naturales a partir del siguienie en que aparezca la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canaras. El modelo de instancia figura como anexo I.
Igualmente podrán presentarse mediante correo certificado (art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo) y en la forma prevista en el Decreto 100/1985 de 19 de abril
Para acreditar su admisión los aspirantes habrán de presentar, junto con su D.N.I., copia. de la correspondiente instancia, registrada dentro del plazo de presentación.
Quinta: Tribunales. El Tribunal que habrá de valorar los méritos y juzgar las pruebas de los aspirantes estará constituido de la forma siguiente:
TITULARES: Presidente: Juan Gutiérrez Pérez. Vocales: Mª José Frayle Peñate. José Luis Suárez Almenara. Candeliria Sánchez Peraza (representando a Función Pública). Secretario: Mª Dolores Morales Ojeda.
SUPLENTES: Presidente: José Mi Domínguez Silva. Vocales: José María Garrido Babio. Julián Gallo Llobet. Julia Guillamón Castelló (representando a Función Pública). Secretario: Antonio Montesdeoca Montesdeoca.
Sexta.- La lista de aprobados se expondrá en el Tablón de Anuncios de la Dirección General de la Función Pública y en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social.
Septima.- Quien resulte aprobado deberá acreditar en los CINCO DIAS SIGUIENTES a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias, que reúne las condiciones exigidas en la Base 2ª de la presente Convocatoria.
Para la adjudicación de vacantes y nombramientos se estará a los dispuesto en el art. 5 del Decreto 131/1985 de 26 de abril.
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de diciembre de 1986. La DirecLora General de la Función Pública, Margarita Santana Pérez.
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