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Visto el expediente que, con arreglo a las prescripciones de los artículos 300 y 301 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, de 17 de mayo de 1952, ha instruído el Ayuntamiento de Arona en el ejercicio de la competencia transferida por el Real Decreto 2613/1982, de 24 de julio, apartado B), 3.1 de su Anexo I y atribuida a este Departamento por el artículo 99.2 del Decreto del Gobierno de Canarias n° 462/1985, de 14 de noviembre, considerando que el dibujo proyecto del nuevo blasón ha merecido informe favorable de la Real Academia de la Historia y sobre él ha recaído acuerdo razonado del Pleno de la Corporación, órgano competente para ello de conformidad con lo establecido en el art. 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
D I S P O N G O Artículo único.- Aprobar el escudo her ldico del municipio de Arona, cuyo dibujo figura como Anexo y que tiene la siguiente organización: partido; 1°, de gules, el báculo de oro de San Antonio Abad, con su corbata de plata 2° de oro, el almácigo de sinople, terrazado. Al timbre, Corona Real cerrada.
Su uso se realiza de conformidad con la normativa en vigor.
Santa Cruz de Tenerife, a 25 de noviembre de 1986.
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Manuel Alvarez de la Rosa.
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