Estás en:
El Polígono de Jinámar es uno de los núcleos urbanos incluidos en el Programa de Actuación en Arcas Infradotadas. La actuación coordinada del Gobierno exige la puesta a disposición de la citada Gerencia de medios de esta Consejería a fin de que pueda cumplir los objetivos previstos.
En su virtud,
D I S P O N G O: Artículo 1.- Se delega en el Director General - Gerente del Polígono de Jinámar la facultad de conceder subvenciones a residentes en el citado Polígono para manutención y por situaciones excepcionales de emergencia en el área de acción social por un importe total máximo de 1.992.790 ptas. durante el ejercicio de 1986.
Artículo 2.- El Gerente del citado Polígono concederá las subvenciones con arreglo a los criterios siguientes:
1.- Dichas ayudas serán concedidas a personas en estado de necesidad, previo informe social correspondiente.
2.- Las ayudas que se concedan por manutencion no podrán superar la cantidad de 287 ptas. persona/día. 3.- Deberá seguirse para la concesión de dichas ayudas criterios de objetividad y publicidad.
Artículo 3.- La Gerencia del Polígono de Jinámar dará cuenta a la Dirección General de Bienestar Social de esta Consejería de las subvenciones concedidas indicando el beneficiario y la cuantía de la subvención.
Artículo 4.- La justificación de la cuenta deberá acompañarse de recibo en el que conste nombre del beneficiario, 15.N.I., domicilio, cantidad concedida y copia del informe social correspondiente que motivó la concesión, además acompañará relación final de todos los beneficiarios.
DISPOSICION FINAL La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de octubre de 1986.
EL CONSEJERO DE TRABAJO, SANIDAD Y SEGURIDAD SOCIAL, Alberto Guanche Marrero.
© Gobierno de Canarias