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El artículo 18, n° 26, del Decreto 16/1986, de 24 de enero, asigna al Consejero de Política Territorial en materia de urbanismo el ejercicio de todas aquellas competencias que le sean reconocidas por las Leyes y Reglamentos, y singularmente aquéllas que la legislación estatal reserva al titular del Departamento de análoga denominación de la Administración del Estado.
El artículo 9.3 a) del mismo Decreto dispone que el Presidente de las Ponencias Técnicas será el Director General de Urbanismo o persona en quien delegue.
No habiéndose designado al titular de la Dirección General de Urbanismo, y en virtud de las atribuciones que tiene conferidas el titular del Departamento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.C de la Ley l/83 de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, artículo 208.3 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación Urbana, por el que se prevé que cualquier Organismo superior podrá recabar el conocimiento de asuntos que competan a inferiores jerárquicos.
Vengo en disponer nombrar Presidente de la Ponencia Técnica de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias en el ámbito territorial de Santa Cruz de Tenerife, a Don Cristóbal Vargas Casañas, Arquitecto contratado, encargado de la coordinación del planeamiento de esta Consejería.
En Santa Cruz de Tenerife, a veinticuatro de marzo de mil novecientos ochenta y seis.
EL CONSEJERO DE POLITICA TERRITORIAL, Javier Domínguez Anadón.
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