En el marco de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Ley de Presupuestos para el ejercicio de 1985 establece un fondo por importe de veinte millones de pesetas con cargo al cual podrán pactarse incrementos adicionales de la masa salarial con objeto de mejorar las retribuciones del personal laboral de la Administración Autonómica con niveles salariales más bajos.
Habiéndose culminado el proceso de negociación con las Centrales Sindicales más representativas respecto a la distribución de dicho Fondo, se hace necesario materializar el acuerdo alcanzado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 2.3 de la Ley 2/1985, de 14 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio de 1985.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En su virtud, en uso de las facultades que me con ere la legislación vigente y a propuesta conjunta de las. Centrales Sindicales Unión General de Trabajadores y Comisiones Obreras Canarias,
D I S P O N G O Artículo l°.- Se aprueba la distribución del Fondo de veinte millones previsto en el art. 2.3 de la Ley 2/85 de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias en la forma detallada en el Anexo de esta Orden.
Artículo 2°.- Las cantidades especificadas en el mencionado Anexo están calculadas en módulo anual por lo que, en su caso, se distribuirán en proporción al tiempo de servicios prestado dentro del año 1985.
Artículo 3°.- Por los habilitados de cada Consejería se procederá a la inclusión en Nómina de incidencias de las correspondientes cantidades, que se adicionarán a la masa salarial del Convenio Colectivo al que estén acogidos los trabajadores afectados y estarán sujetas a los descuentos que procedan.
Artículo 4°.- Las Intervenciones correspondientes, en sus funciones propias de fiscalización, controlarán la adecuación de las nóminas de incidencias a las normas establecidas en la presente Orden.
DISPOSICION FINAL La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el B.O.C.A.C.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de diciembre de 1985.
EL CONSEJERO DE HACIENDA, Oscar Bergasa Perdomo.
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