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Visto el expediente para la declaración de monumento histórico - artístico de interés para la Comunidad Autónoma de Canarias, a favor de la Iglesia de San Pedro Apóstol de El Sauzal (Tenerife), y de conformidad con lo establecido en los artículos 87 de la Ley de Procedimiento Administrativo y 5° del Decreto Territoria[ 662/1984 de 1 1 de octtibre, en virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,
D I S P O N G O:
Abrir un periodo de información pública, a fin de que cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente N, aducir lo que se estimare procedente, durante el plazo 1 de un mes a partir de la publicación de la presente resolución en el Boletin Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias, en las oficinas de esta Consejería, sita en Santa Cruz de Tenerife, C/ Méndez Núñez, 84-8'.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de enero de 1986.
EL DIRECTOR GENERAL DE CUILTURA, Francisco Navarro Quintana.
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