Foto de Julio Manuel Pérez Hernández

Consejero

Excmo. Sr. D. Julio Manuel Pérez Hernández

Nombramiento:  Decreto 121/2019, de 17 de julio (BOC nº 137 de 18.07.2019)

Web: https://www.gobiernodecanarias.org/apjs/

Correo electrónico: consejero.apjs@gobiernodecanarias.org

Avda. José Manuel Guimerá, 10
Edf. Servicios Múltiples II Planta 2ª  
38071 Santa Cruz de Tenerife
Tfnos: 922 47 54 00
Faxes: 922 47 67 93

C/ Prof. Agustín Millares Carló, 18
Edf. Servicios Múltiples II Planta 4ª  
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Tfnos: 928 21 10 53
Faxes: 928 45 58 88

Competencias

El Consejero o Consejera de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, como órgano superior de dirección y jefatura del Departamento, tiene atribuidas las funciones previstas en el artículo 29.1 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y le corresponde ejercer las competencias que se le atribuyen en su Reglamento y en el resto del ordenamiento jurídico.

Asimismo, le corresponden las competencias siguientes:
- La realización de encargos a los entes, organismos y entidades que tengan la consideración de medios propios personificados de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
- La disposición de libramientos en concepto de aportaciones dinerarias con cargo a los presupuestos de la Sección Presupuestaria de la Consejería.
- La resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial extracontractual en el ámbito de competencias del Departamento.
- La formalización de encomiendas de gestión en los términos del artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En los términos regulados en su Reglamento, la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad es el Departamento de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma encargado de la propuesta y ejecución de las directrices del Gobierno de Canarias y de la gestión de los servicios y competencias en las siguientes áreas materiales:

- Relaciones con el Parlamento.
- Procesos electorales.
- Relaciones institucionales.
- Gobierno Abierto, que comprende:
• Transparencia y acceso a la información pública.
• Participación y colaboración ciudadana.
• Datos abiertos.
- Buen gobierno.
- Responsabilidad social corporativa.
- Colegios profesionales.
- Asociaciones y fundaciones.
- Reales Academias y academias de Canarias.
- Registro de parejas de hecho.
- Administración Pública, que comprende:
• Estrategia y organización administrativa.
• Procedimientos administrativos y simplificación administrativa.
• Estatuto de las personas que desempeñan los altos cargos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
• Código de conducta de altos cargos.
• Gestión del conocimiento, innovación y calidad de los servicios públicos.
• Evaluación de programas, políticas públicas y normativa autonómica, sin perjuicio de las atribuidas a la Consejería competente en materia de evaluación de las políticas de gasto.
• Información y atención ciudadana.
• Administración electrónica.
• Coordinación de protección de datos de carácter personal.
• Sistemas de recepción y salida de documentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
• Gestión documental y archivística.
• Modelo de gobierno de datos para fines administrativos, sin perjuicio de las competencias en materia de datos para la función estadística.
• Imagen institucional y símbolos representativos de la Comunidad Autónoma.
• Inspección de los servicios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
• Telecomunicaciones, tecnologías de la información y de las comunicaciones e informática en el ámbito de las Administraciones Públicas de Canarias.
- Publicaciones oficiales de la Administración Pública autonómica.
- Régimen local y con carácter general le corresponde la propuesta al Gobierno y, en su caso, la aprobación o resolución de los asuntos de acuerdo con lo establecido en la legislación de régimen local, en la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, y en la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.
- Personal al servicio de la Administración, que comprende:
• Función pública.
• Formación del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Canarias.
• Prevención de riesgos laborales.
- Juegos y apuestas.
- Actividades clasificadas y espectáculos públicos.
- Protección de los animales.
- Administración de Justicia.
- Mediación familiar, civil, mercantil, penal y la conectada con otras materias que pudieran ser objeto de procedimientos judiciales y con actuaciones concretas de la Administración de Justicia
- Memoria histórica.
- Asistencia jurídica, asesoramiento, representación y defensa en juicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
- Seguridad y Emergencias, que comprende:
• Seguridad
• Ordenación y coordinación supramunicipal de las policías locales, respetando la autonomía local y las competencias de los municipios en esta materia.
• Protección civil y atención de emergencias.
• Cuerpo General de la Policía Canaria.
• Formación en seguridad, protección civil y atención de emergencias, y bajo la coordinación, orientación e impulso del Gobierno de Canarias.
• Animales potencialmente peligrosos.
• Seguridad privada.
- Salvamento marítimo.

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Órganos Colegiados

    Comisión Canaria de Seguridad Pública

    La Comisión Canaria de Seguridad Pública es una Comisión Interdepartamental del Gobierno de Canarias y el máximo órgano de coordinación de las políticas de seguridad, sin perjuicio de las competencias del Estado.

    • Composición:
      La composición, organización, funcionamiento y funciones se rigen por sus disposiciones específicas.

    Comisión de Protección Civil y Atención de Emergencias en Canarias

    La Comisión de Protección Civil y Atención de Emergencias de Canarias es el órgano colegiado de carácter consultivo y deliberante, de participación, coordinación e integración de las Administraciones Públicas en materia de protección civil y atención a las emergencias en el marco de las normas básicas aplicables.

    • Composición:
      - Presidencia: el Consejero o Consejera competente en materia de seguridad y emergencias o persona en la que delegue.
      - Vicepresidencia: la persona titular de la Dirección General competente en materia de seguridad y emergencias o persona en la que delegue.
      - Vocales:
      • Tres personas representantes de la Administración General del Estado.
      • La persona responsable del Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad (CECOES).
      • Una persona representante del Servicio Canario de la Salud, con competencias en el área de urgencias sanitarias.
      • La persona titular de la Viceconsejería competente en materia de energía del Gobierno de Canarias.
      • La persona titular de la Dirección General competente en materia de industria del Gobierno de Canarias.
      • La persona titular de la Dirección General competente en materia de transportes del Gobierno de Canarias.
      • Una persona representante de la Consejería competente en materia de educación.
      • Una persona representante de la Consejería competente en materia de turismo.
      • Las personas titulares de las Alcaldías de Las Palmas de Gran Canaria, Santa Cruz de Tenerife, Telde y San Cristóbal de La Laguna o las personas titulares de las concejalías de las respectivas Corporaciones en quienes deleguen.
      • Una persona representante de los Ayuntamientos de entre 20.000 y 75.000 habitantes de derecho, designada por la asociación de municipios más representativa.
      • Una persona representante de los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes de derecho, designada por la asociación de municipios más representativa.
      • Las personas titulares de las Presidencias de los Cabildos insulares o los representantes que por aquellas se designen.
      • La persona titular de la Subdirección de protección civil y emergencias de la Dirección General competente en materia de seguridad y emergencias.
      • La persona titular de la Jefatura de Servicio competente en materia de protección civil y atención de emergencias de la Dirección General competente en materia de seguridad y emergencias.
      • La persona titular de la Jefatura de Servicio o persona funcionaria responsable en materia de formación en seguridad y emergencias de la Dirección General competente en materia de seguridad y emergencias.
      - Secretaría: una persona funcionaria perteneciente a cuerpos/escalas en el sector de Administración General de la Dirección General competente en materia de seguridad y emergencias, designada por el Consejero o Consejera competente en la misma materia.
    • Marco Legal:

    Comisión Canaria por el Derecho a la Identidad

    La Comisión Canaria por el Derecho a la Identidad es el órgano colegiado encargado de asesorar al Gobierno de Canarias, para el cumplimiento de los fines contemplados por la Ley 13/2019, de 25 de abril, sobre los menores robados en la Comunidad Autónoma de Canarias.

    Consejo Canario de Asociaciones

    El Consejo Canario de Asociaciones es el órgano de participación y consulta de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma para el ejercicio de sus competencias en la materia.

    • Composición:
      - Presidencia: la persona titular de la Consejería con competencias en materia de asociaciones.
      - Vicepresidencia 1ª: la persona titular de la Viceconsejería competente en materia de participación ciudadana.
      - Vicepresidencia 2ª: la persona titular de la Dirección General competente en materia de asociaciones.
      - Vocales:
      • Cuatro personas en representación del Gobierno, designadas por la Presidencia del Consejo de entre quienes sean titulares de una Viceconsejería o Dirección General.
      • Una persona elegida de entre quienes sean miembros de los Consejos Insulares de Asociaciones, una vez constituidos, y que será renovada cada cuatro años.
      • Una persona elegida de entre quienes sean miembros de los Consejos Municipales de Asociaciones, una vez constituidos, y que será renovada cada cuatro años.
      • Cinco personas elegidas de entre quienes sean miembros de las asociaciones, federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones de ámbito autonómico, de las cuales tres representarán a las asociaciones y dos a las federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones. Dichas personas serán renovadas cada cuatro años.
      - Secretaría: la persona funcionaria encargada del Registro de Asociaciones, con voz y sin voto.
    • Marco Legal:

    Protectorado de las Fundaciones Canarias

    El Protectorado de las Fundaciones Canarias se constituye como órgano tutelante de la actividad de los patronatos de las fundaciones canarias, ejerciendo la alta inspección de la misma y la defensa de la voluntad del fundador y de los beneficios de las fundaciones.

    El Protectorado funciona en Pleno y en Comisión ejecutiva.

    • Composición:
      Composición del Pleno del Protectorado:
      - Presidencia: la persona titular de la Consejería con competencias en materia de fundaciones.
      - Vicepresidencia 1ª: la persona titular de la Viceconsejería competente en materia de participación ciudadana.
      - Vicepresidencia 2ª: la persona titular de Dirección General competente en materia de fundaciones.
      - Vocales: las personas titulares de los órganos siguientes:
      • Viceconsejería de los Servicios Jurídicos.
      • Viceconsejería competente en materia de políticas sociales.
      • Secretaría General de la Presidencia del Gobierno.
      • Secretaría General Técnica de la Consejería con competencias en materia de fundaciones.
      • Dirección General competente en materia de presupuestos.
      • Dirección General competente en materia de universidades.
      • Dirección General competente en materia de patrimonio cultural.
      • Dirección General competente en materia de promoción educativa.
      - Desempeñará la Secretaría, con voz pero sin voto, la persona designada por el Consejero o Consejera con competencia en materia de fundaciones de entre el personal funcionario adscrito a la Consejería.

      Composición de la Comisión ejecutiva:
      - Presidencia: la persona titular de la Viceconsejería competente en materia de participación ciudadana.
      - Vicepresidencia: la persona titular de Dirección General competente en materia de fundaciones.
      - Vocales:
      • La persona titular de la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos.
      • La persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería con competencias en materia de fundaciones.
      • La persona titular de la Dirección General competente en materia de presupuestos.
      • En cada caso, las personas miembros del Pleno competentes por razón de la naturaleza y finalidad de las fundaciones sobre las que vayan a versar los acuerdos.
      - Desempeñará la Secretaría quien desempeñe la del Pleno, con voz y sin voto.
    • Marco Legal:

    Consejo de Colaboración Insular

    El Consejo de Colaboración Insular es el órgano de colaboración y cooperación permanente para la articulación de las relaciones entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma y los cabildos insulares.

    Comisión de Participación y Asesoramiento

    La Comisión de Participación y Asesoramiento es el órgano colegiado de asesoramiento e información del Departamento competente en materia de administración de justicia sobre el diseño, creación y organización de la Oficina Judicial y Oficina Fiscal en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias

    • Composición:
      La Comisión de Participación y Asesoramiento estará presidida por la persona titular de la Consejería competente en materia de administración de justicia, o persona en quien delegue, y estará integrada por:

      - La persona titular de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, o persona en quien delegue.
      - La persona titular de la Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma de Canarias, o persona en quien delegue.
      - La persona titular de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, o persona en quien delegue.
      - Las personas titulares de las Presidencias de las Juntas de Personal al servicio de la Administración de Justicia de Canarias, o personas en quienes deleguen.
      - La persona titular de la Presidencia del Consejo Canario de Abogados, o persona en quien delegue.
      - La persona titular de la Presidencia del Consejo Canario de Procuradores, o persona en quien delegue.
      - La persona titular de la Presidencia del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de Canarias, o persona en quien delegue.
      - La persona titular de la Viceconsejería competente en materia de administración de justicia del Gobierno de Canarias, o persona en quien delegue.
      - La persona titular de la Dirección General competente en materia de administración de justicia del Gobierno de Canarias, o persona en quien delegue.
      - Una persona funcionaria designada por la Dirección General competente en materia de administración de justicia, que ejercerá las funciones de secretaría.


      A las sesiones de la Comisión podrán asistir cuantas personas especializadas por razón de la materia a tratar se estime necesario para la toma de decisiones, previa invitación de la persona titular de la Presidencia.
    • Marco Legal:

    Consejo Municipal de Canarias

    El Consejo Municipal de Canarias es el órgano de participación y colaboración permanente de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los municipios canarios.

    Junta de Expurgo de Documentos Judiciales de Canarias

    La Junta de Expurgo de Documentos Judiciales de Canarias es un órgano colegiado de naturaleza administrativa que tiene por finalidad determinar la exclusión o eliminación de los expedientes procesales o gubernativos del patrimonio documental o, en caso contrario, la preservación y posterior transferencia de los mismos al Departamento competente en materia de patrimonio documental.

    Comisión de la Función Pública Canaria

    Es un órgano de consulta, coordinación y asesoramiento de la política de la función pública. Asimismo es órgano asesor de las entidades locales canarias en materia de función pública.

    Comisión de Coordinación de Policías Locales de Canarias

    La Comisión de Coordinación de Policías Locales de Canarias es el órgano consultivo, deliberante y de participación en materia de coordinación de policías locales.

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Oficinas de registro

    S.G.T. de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

    Avda. José Manuel Guimerá, 10
    Edf. Servicios Múltiples II Planta 0  
    38071 Santa Cruz de Tenerife

    Horario de atención al público:
    - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
    - Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas. 
    - Cerrado: festivos, sábados y 24 y 31 de diciembre

    S.G.T. de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

    C/ Prof. Agustín Millares Carló, 18
    Edf. Servicios Múltiples II Planta 4ª  
    35071 Las Palmas de Gran Canaria

    Horario de atención al público:
    - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
    - Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas. 
    - Cerrado: festivos, sábados y 24 y 31 de diciembre

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