Técnico en Navegación y Pesca de Litoral
Las enseñanzas de este título se establecen y se fijan en el R. D. 1144/2012, de 27 de julio.
La competencia general incluye organizar, gestionar y ejecutar las actividades de buques, cuyas características y límites geográficos determinen las administraciones competentes para este nivel, dirigiendo y controlando la navegación, así como la extracción, manipulación y conservación de la pesca, respetando las condiciones de seguridad y observando la normativa.
Competencias profesionales, personales y sociales |
Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son, entre otras:
- Efectuar la planificación y los preparativos para rendir viaje con eficacia y seguridad.
- Maniobrar el buque en zonas portuarias con seguridad para realizar el viaje planificado.
- Controlar la derrota planificada y segura del buque.
- Realizar la guardia asignada conforme a los protocolos establecidos.
- Mantener comunicaciones y obtener la información necesaria por medio del sistema mundial de socorro y seguridad marítimos SMSSM/GMDSS, utilizando el inglés marítimo en las situaciones que lo requieran.
- Establecer la distribución y trincado de pesos a bordo, para efectuar una navegación segura.
- Hacer frente a las emergencias marítimas a bordo, activando los planes de emergencia.
Entorno profesional |
Las personas que obtienen este título ejercen su actividad, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, en buques de pesca y en buques mercantes, ya sean de naturaleza pública o privada, con los límites y atribuciones establecidos por la administración competente.
Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
- Patrón dedicado al transporte marítimo de mercancías y/o pasajeros, servicios de practicaje, seguridad, salvamento marítimo, buceo e investigación, entre otras actividades, con las atribuciones establecidas para el patrón portuario en el Artículo 10 del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
- Patrón, primer oficial y oficial de puente en buques mercantes y buques de pasaje, con las atribuciones establecidas para el patrón de litoral en el Artículo 9.2 del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
- Patrón costero polivalente (profesión regulada).
- Patrón local de pesca (profesión regulada).
- Marinero de Puente (profesión regulada).
- Marinero pescador (profesión regulada).
- Patrón al mando de buques de pesca o mercantes y Primer Oficial de puente u Oficial de puente en buques pesqueros o mercantes (con las limitaciones establecidas por la normativa).
- Inspector de flota.
- Supervisor de montaje y armado de artes y aparejos de pesca.
- Manipulador u Operario de elaboración.
- Operario de envasado y empaquetado.
- Operador o controlador de línea de envasado.
- Trabajador en la preparación de pescado para conservas.
- Especialista en tratamientos de frío.
- Elaborador de productos de la pesca y derivados, de conservas de pescado, de semiconservas.
- Elaborador de congelados y ultracongelados.
- Limpiador-preparador de pescados para conservas.