Consulta VINCULANTE n° 1553
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- Fecha salida:
19/03/2013
- Impuesto:
IGIC
- Legislacion:
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Texto consulta: Se consulta si a la prestación de servicio de traducción-interpretación a los órganos judiciales le resulta de aplicación la exención prevista en el artículo 50.Uno.28º de la Ley 4/2012.
- Respuesta: No se encuentra exenta del IGIC la prestación de servicio de traducción-interpretación a órganos judiciales